MP C/ CARLOS GABRIEL CORDERO CASTILLO
Rol
O-8948-2024
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 8948 - 2024 RUC 2401368824-5 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: VDVXXVYLRJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-02T14:44:39-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 67 y 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a CARLOS GABRIEL CORDERO CASTILLO, RUN N° 0026318573-0, ya individualizado, como autor del delito tentado de hurto simple en perjuicio de la Tienda Decathlon, cometido en Puerto Montt el día 10 de noviembre de 2024 a la PENA de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que, la pena privativa de libertad y la pena de multa, la cual se le dan POR CUMPLIDAS con los dos días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente a los días 10 y 11 de noviembre de 2024. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. Los intervinientes renuncian a plazos y recursos legales. RIT 8948 - 2024 RUC 2401368824-5 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: jtm. Código: VDVXXVYLRJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser va
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, dos de junio de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 67 y 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 45
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