C/ CLAUDIO ANDRÉS DELGADO BUSTAMANTE
Rol
O-6194-2023
Fecha
30 de mayo de 2025
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El 23 de junio de 2023, alrededor de las 15:30 horas, en las afueras del domicilio ubicado en Santa Catalina número 1863 de la comuna de San Bernardo, en los momentos en que funcionarios de la Policía de Investigaciones realizaban la detención de dos personas y ser estos dirigidos hacia un móvil de Investigaciones para ser trasladado a la unidad policial, procede a abalanzarse el imputado CLAUDIO ANDRÉS DELGADO BUSTAMANTE en contra de los funcionarios policiales y la asistente policial Paulina Bórquez Catalán, a la cual le manifiesta “ratis culiaos, los voy a hacer cagar a balazos, rati culiao querí pelear, acércate y te pesco a combos, hasta te voy a pescar a balazos”. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°9, 14, 21, 50, 67, 69, 70 y 495 N°4 del Código Penal; y lo previsto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I-. Se condena a Claudio Andrés Delgado Bustamante, ya individualizado, como autor consumado de la falta prevista y sancionada en el artículo 495 N°4 Código: XXEZXVFDNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Penal, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción el 23 de junio de 2023, a sufrir la pena de un tercio de UTM. II-. La multa impuesta se tendrá por cumplida con cargo adía que el sentenciado estuvo privado de libertad con ocasión de la presente causa, sa ver, el 30 de mayo de 2025. III-. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Los intervinientes, incluido el sentenciado, se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de esta. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los inte
Fallo
se declara que: I-. Se condena a Claudio Andrés Delgado Bustamante, ya individualizado, como autor consumado de la falta prevista y sancionada en el artículo 495 N°4 Código: XXEZXVFDNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Penal, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción el 23 de junio de 2023, a sufrir la pena de un tercio de UTM. II-. La multa impuesta se tendrá por cumplida con cargo adía que el sentenciado estuvo privado de libertad con ocasión de la presente causa, sa ver, el 30 de mayo de 2025. III-. Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Los intervinientes, incluido el sentenciado, se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de esta. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RUC 2300683254-7 RIT 6194 - 2023 Dictada por SALVADOR ANDRÉ GARRIDO ARANELA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. Código: XXEZXVFDNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-02T12:48:01-0400
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : treinta de mayo de dos mil veinticinco. Imputado : Claudio Andrés Delgado Bustamante, cédula de identidad N° 0016070604-K, con domicilio en Calle PUNTA ARENOSA, POB. EL CASTILLO Nº 13515, comuna de La Pintana. Fiscal : Luis Fernando Olguin Defensor : Ítalo Arratia Orellana, cédula de
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