MIN PUB AFTA C/ LUIS PATRICIO ALVARADO DÍAZ
Rol
O-11755-2024
Fecha
30 de mayo de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que dieron lugar a la acusación fiscal, y que fueron libre y expresamente aceptados por el acusado, asesorado por su defensor, son los siguientes: El día 27 de noviembre del año 2024, a las 02:10 horas aproximadamente, personal de carabineros tomó conocimiento que el minibús marca Hyundai, modelo H350 Solati, color blanco, año 2021, P.P.U. RGLF.95, que se encontraba a cargo de la víctima de iniciales Y.X.T.J. había sido recientemente sustraído y el GPS arrojaba ubicación en la ruta B-440, kilómetro 3 de esta ciudad. A raíz de lo anterior, carabineros concurrió a dicho lugar, sorprendiendo al imputado Luis Patricio Alvarado Diaz, en compañía de varios otros sujetos cuya identidad se desconoce, quienes mantenían en su poder el minibús P.P.U. RGLF.95, los Código: NJZQXVXPKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que, al percatarse de la presencia policial, descendieron del minibús dejándolo abandonado y abordaron un station wagon de color gris, intentado huir del lugar a bordo de éste segundo vehículo. Durante la huida, el imputado Alvarado Díaz se lanzó del station wagon cuando se encontraba en movimiento, intentando huir a pie, siendo alcanzado por funcionarios de carabineros que procedieron a su detención, ya que éste conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del móvil,
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, se ha tramitado la causa RIT 11.755-2024, RUC N°2401457494-4, de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado investigación en contra del imputado LUIS PATRICIO ALVARADO DÍAZ, perseguidos por su responsabilidad a título de autor del delito de Receptación de Vehículo del artículo 456 bis a) del Código Penal. SEGUNDO: Que el Ministerio Público presentó acusación en contra de LUIS PATRICIO ALVARADO DÍAZ, Cédula de Identidad N°18.506.300-3, nacionalidad chilena, representado por la abogada privada Francisca Tello Nieves. El Ministerio Público solicita en abreviado, se condene al acusado a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo más la tasación fiscal $18.951.220, haciendo uso del artículo 407 del Código Procesal, y accesorias legales contempladas por el artículo 29 del Código Penal. Asimismo, se solicita se le condene al comiso. TERCERO: Que los hechos que dieron lugar a la acusación fiscal, y que fueron libre y expresamente aceptados por el acusado, asesorado por su defensor, son los siguientes: El día 27 de noviembre del año 2024, a las 02:10 horas aproximadamente, personal de carabineros tomó conocimiento que el minibús marca Hyundai, modelo H350 Solati, color blanco, año 2021, P.P.U. RGLF.95, que se encontraba a cargo de la víctima de iniciales Y.X.T.J. había sido recientemente sustraído y el GPS arrojaba ubicación en la ruta B-440, kilómetro 3 de esta ciudad. A raíz de lo anterior, carabineros concurrió a dicho lugar, sorprendiendo al imputado Luis Patricio Alvarado Diaz, en compañía de varios otros sujetos cuya identidad se desconoce, quienes mantenían en su poder el minibús P.P.U. RGLF.95, los Código: NJZQXVXPKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que, al percatarse de la presencia policial, descendieron del minibús dejándolo abandonado y abordaron un station wagon de color gris, intentado huir del lugar a bordo de éste segundo vehículo. Durante la huida, el imputado Alvarado Díaz se lanzó del station wagon cuando se encontraba en movimiento, intentando huir a pie, siendo alcanzado por funcionarios de carabineros que procedieron a su detención, ya que éste conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito del móvil, considerando las circunstancias de la detención, que el vehículo había sido sustraído minutos antes y presentaba daños en el tablero del panel de instrumento. A juicio de esta Fiscalía los hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito de Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A inciso tercero del Código penal. El que se encuentra en grado de desarrollo consumado. Al imputado le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº1, con relación al artículo 14 N°1, ambos del Código Pen
Fallo
por lo expuesto por los funcionarios aprehensores, parte policial que da cuenta del día y la forma como fue detenido el acusado, las fotografías, informe policiales realizados al vehículo, toda vez que había sido sustraída en Antofagasta, que huye del lugar y salta del vehículo en que el imputado habría huido al ser descubierto y el panel del mismo estaba destruido, por lo que el imputado no podía menos que conocer el origen ilícito, teniendo presente las circunstancias de su detención. OCTAVO: Que, en cuanto a los mencionados requisitos, de acuerdo con los antecedentes que obran en la carpeta investigativa y a los que se ha dado lectura en audiencia, reseñados pormenorizadamente en el considerando décimo, especialmente parte policial de detenidos, informe pericial y set fotográfico, se ha podido establecer más allá de toda duda razonable que, ”el día 27 de noviembre del año 2024 en horas de la madrugada el imputado fue sorprendido por carabineros los que habían tomado conocimiento que el minibús marca Hyundai, modelo Código: NJZQXVXPKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl H350 Solati, color blanco, año 2021, P.P.U. RGLF.95, que se encontraba a cargo de la víctima de iniciales Y.X.T.J. había sido recientemente sustraído y el GPS arrojaba ubicación en la ruta B-440, kilómetro 3 de esta ciudad, carabineros concurrió a dicho lugar, sorprendiendo al imputado Luis Patricio Alvarado Diaz, en compañía de varios otros
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha Antofagasta, treinta de mayo de dos mil veinticinco Magistrado MARÍA JOSÉ SAAVEDRA CÁRDENAS Fiscal CLAUDIA VEGA VARGAS Defensor FRANCISCA TELLO NIEVAS Hora inicio 01:22PM Hora termino 01:30PM Sala PRIMERA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta Acta Patricia Cortés Castillo RUC 2401457494-4 RIT 11755 - 2024 COMPARECE PRIVADO D
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