1º Juzgado de Letras de San Antonio

LÓPEZ/NARVÁEZ

Rol

C-551-2021

Fecha

12 de noviembre de 2021

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Con fecha 22 de abril de 2021, comparece doña ROZIO DEL CARMEN LÓPEZ ESCOBAR, factor de comercio, domiciliada para estos efectos en Las Palmeras 851, comuna de San Antonio, señalando que mediante contrato privado de 15 de abril de 2015, cuyas firmas se autorizaron por el Notario de San Antonio doña Ximena Ricci Díaz, entregó en arriendo a JOSELINE NARVÁEZ TORO, ignora profesión u oficio, domiciliada en Pasaje Las Torpederas N° 1190, comuna de San Antonio, y entregó en arriendo la primera propiedad señalada. Agrega que la renta de arriendo asciende a $ 220.000.- mensuales y que la renta de arriendo corresponde pagarla dentro de los días 15 de cada mes, conforme al canon de arriendo. Manifiesta que la demandada adeuda la renta del mes de febrero, marzo y abril del presente año, más los consumos de agua y suministro de energía eléctrica, más los derechos de aseo municipal impagos. Expresa que por este acto, interpone demanda de terminación inmediata de contrato de arriendo por no pago de la renta de arriendo y de reconvenir de pago a la demandada ya individualizada, por haber dejado de cumplir con su obligación esencial de pagar la renta y servicios básicos. Arguye que el artículo 1977 del Código Civil faculta al arrendador para solicitar la terminación inmediata del contrato de arriendo en caso de no pago de la renta de arriendo, por lo que solicita la terminación inmediata del contrato de arriendo por el no pago de la renta indicada. RIT« » Foja: 1 Añade que el artículo 10 de la Ley 18.101, faculta para ejercer conjuntamente con la acción de terminación inmediata del contrato de arriendo, la reconvención de las rentas adeudadas incluyendo en ellas las que se devenguen durante la tramitación de la causa y hasta la restitución material del inmueble. Sostiene que la demandada adeuda a ésta fecha la suma de $ 806.706 y las rentas que se devenguen durante la tramitación de la causa, más intereses, señalados y debe ser condenado al pago de las mismas. Finalme

Fundamentos

fundamentos de hecho expuestos precedentemente, solicitando se practiquen las reconvenciones de pagos establecidas en los artículos 1977 del Código Civil y 10° de la Ley N°18.101, y en definitiva declarar: 1) Que el arrendamiento se encuentra terminado y que la parte demandada debe restituir el inmueble, con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario, dentro de tercero día desde que el

Fallo

fallo por el tribunal; 4) Condenar a los demandados a pagar los gastos de consumo de luz, agua y los que estuvieren pendientes de pago hasta el día de la restitución del inmueble, y 5) Condenar a la demandada al pago de las costas de la causa. En el primer otrosí, en subsidio de la acción principal de su presentación, y para el evento improbable que ella no prospere por cualquier RIT« » Foja: 1 evento, interpone demanda subsidiaria de terminación de contrato de arrendamiento, por no pago de rentas en contra DE JOSELINE SOLANCH NARVAEZ TORO, ya individualizada, dando por reproducidos los fundamentos de hecho expuestos precedentemente, solicitando se practiquen las reconvenciones de pagos establecidas en los artículos 1977 del Código Civil y 10° de la Ley N°18.101, y en definitiva declarar: 1) Que el arrendamiento se encuentra terminado y que la parte demandada debe restituir el inmueble, con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario, dentro de tercero día desde que el fallo causa ejecutoria; 2) Que la parte demandada, debe pagar a su parte las rentas de arrendamientos impagas hasta la presentación de la demanda por la suma de $ 220.000, más los gastos y/o servicios especiales, tales como luz, agua, aseo, que se encontraren impagos, los intereses y reajustes correspondientes, todo ello conforme a liquidación que se practique al efecto en el cumplimiento de la sentencia; 3) Que la demandada está obligada al pago de las rentas de arrendamiento, gastos por servicios, rea

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 43 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-551-2021 CARATULADO : L PEZ/NARV EZÓ Á San Antonio, doce de Noviembre de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 22 de abril de 2021, comparece doña ROZIO DEL CARMEN LÓPEZ ESCOBAR, factor de comercio, domiciliada para estos efectos en Las Palmeras 851, comuna de San Antonio, señalan

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica