Juzgado de Garantía de Concepción

MINISTERIO PÚBLICO C/ IAN CARLOS BURGOS GARCÉS

Rol

O-5595-2024

Fecha

30 de mayo de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, se libera del pago de las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en si oportunidad. RUC 2400723159-4 RIT 5595 - 2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigió la audiencia, resolvió y dictó sentencia don IOHAN LEON ESPINOZA, Juez de Garantía de Concepción. Se deja constancia que firmó digitalmente doña CLAUDIA ANDREA CASTILLO JIMENEZ, Juez Presidente del Comité de Jueces del Juzgado de Garantía de Concepción, por encontrarse el magistrado IOHAN LEON ESPINOZA en Comisión de Servicios. Código: XXCXXVJWXXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-02T14:28:37-0400

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condena a IAN CARLOS BURGOS GARCÉS, cédula de identidad N° 21.770.979-2, ya individualizado, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de porte de arma cortante o punzante, perpetrado en la comuna de Concepción, el día 24 de junio de 2024, en grado de desarrollo de consumado. Código: XXCXXVJWXXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que, se le tiene por cumplida la pena de multa a la que ha sido condenado por el día que permaneció privado de libertad en este procedimiento, del 24 al 25 de junio del año 202. III. Se decreta el comiso del arma blanca incautada con motivo de este procedimiento. IV. Atendido que el requerido ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, se libera del pago de las costas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en si oportunidad. RUC 2400723159-4 RIT 5595 - 2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal. Dirigi

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Individualización de audiencia en procedimiento simplificado. Fecha Concepción, treinta de mayo de dos mil veinticinco Magistrado IOHAN LEON ESPINOZA Fiscal PAMELA LILLO SALAZAR Defensor MELANIE SILVA RANDAZZO Hora inicio 13:28 PM / 13:34 PM Hora término 13:32 PM / 13:32 PM Sala 3, María Elena Bravo Chamorro Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción RUC 2400723159-4 RIT 5595 - 2024 N° registro a

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