MÁRQUEZ/
Rol
V-4-2020
Fecha
12 de noviembre de 2021
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 de fecha 12-2-2020, doña Paola Andrea Ibarra Ríos abogada, domiciliada en Francisco Bilbao Nº 355, Piso 2, Pitrufquén; en representación de doña HILDA DELIA MÁRQUEZ NOVA, domiciliada en Camino a Toltén 117, Pitrufquén, indica que solicita se admita la información para perpetua memoria de los siguientes testigos: 1.- Máximo Rolando Troncoso Burgos, pensionado, casado, Run 5.513.171- 6, domiciliado en Camino Toltén Nº 139, Pitrufquén. 2.- Francisca Pelaya Bravo López, dueña de casa, viuda, Run 5.191.625-5, domiciliada en Los Trapenses 724, Pitrufquén. Los testigos declararan sobre los siguientes hechos: Declaran los testigos haber conocido por un largo tiempo, a la señora ANA DELIA NOVA NOVA, o ANA DELIA NOVA, ANA NOVAS ARCE, O ANA DELIA NOVAS, o ANA NOVAS, siendo estos cinco nombres, la individualización de la misma persona. Señalando además, que ignoran el motivo por el cual la señora ANA DELIA NOVA cambió y utilizó distintos nombres, con los cuales fue celebrando actos y contratos, pero sin dejar de ser la misma persona. De cómo es efectivo que en el certificado de nacimiento fue inscrita con el nombre de ANA DELIA NOVA. De cómo es efectivo que con fecha 23 de marzo de 1946, doña ANA DELIA NOVA, contrajo matrimonio con don ODILIO MÁRQUEZ BRIONES, matrimonio que fue inscrito con el número 123 en el Registro de Matrimonios del Servicio de Registro Civil de la Oficina de Temuco. De cómo es efectivo que doña Ana Delia Nova en vida, y dentro del matrimonio señalado con anterioridad, fue madre de los siguientes hijos: María Elionor Márquez Nova, Run 6.194.368-4; Regina de Lourdes Márquez Nova, Run 6.462.694-9; Hilda Delia Márquez Nova, Run 6.660.475-6; Jorge Efraín Márquez Nova, Run 7.176.882-1.; y Hernán Antonio Márquez Nova, Run 7.527.297-9. De cómo es efectivo y les consta que la propiedad ubicada en Camino Toltén Nº 117, de la ciudad de Pitrufquén, inscrita a fojas 274 vuelta, Nº 352 del año 1965, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, era de propiedad de doña ANA DELIA NOVA. 1 Juzgado de Letras de Pitrufquen; ROL: V-4-2020; CARATULADO: M RQUEZ/Á De cómo es efectivo y consta que doña ANA DELIA NOVA, es la misma persona que figura como ANA NOVAS ARCE en la inscripción de propiedad a fojas 274 vuelta, Nº 352 del año 1965, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén; y De cómo es efectivo y les consta que en escritura pública de compraventa suscrita el 1 de junio de 1965 ante Notario Público de Pitrufquén doña Elena Borquéz Gonzáles suplente del titular don Venancio Lisboa Echevarría, con la que se adquirió la propiedad indicada en el número anterior, por un error de hecho, doña ANA DELIA NOVA figura como ANA DELIA NOVA NOVA y como ANA DELIA NOVAS N. SEGUNDO: Que, a folio 12, de fecha 10-03-2021, se rindió la información sumaria de testigos ofrecida, compareciendo los indicados en la solicitud principal: 1.- Máximo Rolando Troncoso Burgos
Fallo
En mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 909 y siguientes, 160, 170, 384 N°2 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: - Que HA LUGAR a la solicitud planteada con fecha 12-02-2020, por doña Paola Andrea Ibarra Ríos abogada en representación de doña Hilda Delia Márquez Nova. En consecuencia, SE APRUEBA la información para perpetua memoria, sobre los hechos materia de la misma, prestada por don Máximo Rolando Troncoso Burgos y doña Francisca Pelaya Bravo López, con fecha 10-03-2021, a folio 12 de esta causa. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Pitrufquen, doce de Noviembre de dos mil veintiuno. 4 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-12T16:59:19-0300
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras de Pitrufquen; ROL: V-4-2020; CARATULADO: M RQUEZ/Á NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Pitrufquen CAUSA ROL : V-4-2020 CARATULADO : MÁRQUEZ/ Pitrufquen, doce de Noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 de fecha 12-2-2020, doña Paola Andrea Ibarra Ríos abogada, domiciliada en Francisco Bilbao Nº 355, Piso 2, Pitrufq
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica