MP C/ JOVANNA ANDREA TELLO HERMOSILLA
Rol
O-1419-2023
Fecha
30 de mayo de 2025
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que funda la acusación son los que siguen. “En atención a investigación realizada por SACFI y BRIANCO Antofagasta, que incluyó vigilancias discretas y técnicas especiales de investigación previstas en la Ley 20.000, el día 23 de febrero de 2023, siendo las 07:20 horas, personal policial ejecutó orden de entrada y registro autorizada judicialmente respecto del domicilio ubicado en calle Lima Nº829, Antofagasta, encontrando en su interior a las imputadas Jovanna Andrea Tello Hermosilla y Danika Cristina Tello Hermosilla. De la revisión del inmueble, desde el dormitorio, ubicado en el tercer nivel, bajo el colchón de la cama de dos plazas, se incautaron 9 bolsas de nylon transparente, contenedoras de 20,61 gramos de cocaína. En el dormitorio del segundo nivel, sobre un mueble tipo cómoda, se encontró un número indeterminado de bolsas de nylon transparentes, todas contenedoras de monedas y billetes de distintas denominaciones, ascendientes a la suma de $196.550.-, una billetera de color negro que contenía la cedula de identidad de Jovanna Andrea Tello Hermosilla, además de un número indeterminado de bolsas de nylon transparentes. Asimismo, desde un mueble tipo cómoda, de color blanco, al interior de un dormitorio ubicado en el segundo nivel, se incautaron 2 proyectiles balísticos sin percutar, calibre 9 mm. Finalmente, desde el living, en Código: KRLBXVXMKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el primer nivel del inmueble, se incautó sobre un parlante de color negro con amarillo, una balanza digital color blanco con naranjo, con la leyenda "SH-125". A juicio del Ministerio Público los hechos descritos respecto de ambas acusadas son constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en relación al artículo 1º de la misma ley; y respecto de la acusada Jovanna Tello Hermosilla, del delito de Tene
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, se ha tramitado la causa RIT 1419-2023, RUC N°2200756832-4, de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado investigación en contra de las imputadas JOVANNA ANDREA TELLO HERMOSILLA, (presa 16572025 del Top de Antofagasta) y DANIKA CRISTINA TELLO HERMOSILLA, ambas por delito de “Tráfico Ilícito de Drogas y Estupefacientes en Pequeñas Cantidades”, previsto y sancionado en el artículo 1 y 4 de la Ley 20.000 y respecto de Tello Hermosilla se suma el delito de TENENCIA DE MUNICIONES, en participación de autoras directas e inmediatas y en grado de consumado. Código: KRLBXVXMKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que el Ministerio Público presentó acusación en virtud de lo dispuesto en los artículos 248 letra b), 259 y siguientes del Código Procesal Penal, en contra de JOVANNA ANDREA TELLO HERMOSILLA, cédula de identidad Nº13.870.469-6, labores de casa y DANIKA CRISTINA TELLO HERMOSILLA, cédula de identidad Nº19.691.661-K, l a b o r e s d e c a s a , ambas representadas por el defensor penal Stephen Kendall Craig, siendo la titular Tamar Vega Hernández. Los hechos en que funda la acusación son los que siguen. “En atención a investigación realizada por SACFI y BRIANCO Antofagasta, que incluyó vigilancias discretas y técnicas especiales de investigación previstas en la Ley 20.000, el día 23 de febrero de 2023, siendo las 07:20 horas, personal policial ejecutó orden de entrada y registro autorizada judicialmente respecto del domicilio ubicado en calle Lima Nº829, Antofagasta, encontrando en su interior a las imputadas Jovanna Andrea Tello Hermosilla y Danika Cristina Tello Hermosilla. De la revisión del inmueble, desde el dormitorio, ubicado en el tercer nivel, bajo el colchón de la cama de dos plazas, se incautaron 9 bolsas de nylon transparente, contenedoras de 20,61 gramos de cocaína. En el dormitorio del segundo nivel, sobre un mueble tipo cómoda, se encontró un número indeterminado de bolsas de nylon transparentes, todas contenedoras de monedas y billetes de distintas denominaciones, ascendientes a la suma de $196.550.-, una billetera de color negro que contenía la cedula de identidad de Jovanna Andrea Tello Hermosilla, además de un número indeterminado de bolsas de nylon transparentes. Asimismo, desde un mueble tipo cómoda, de color blanco, al interior de un dormitorio ubicado en el segundo nivel, se incautaron 2 proyectiles balísticos sin percutar, calibre 9 mm. Finalmente, desde el living, en Código: KRLBXVXMKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el primer nivel del inmueble, se incautó sobre un parlante de color negro con amarillo, una balanza digital color blanco con naranjo, con la leyenda "SH-125". A juicio del Mini
Fallo
fallo y notifíquese las referidas correcciones con esta fecha. Dictada María José Saavedra Cárdenas, Jueza de Garantía de Antofagasta. Antofagasta, treinta de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, se ha tramitado la causa RIT 1419-2023, RUC N°2200756832-4, de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado investigación en contra de las imputadas JOVANNA ANDREA TELLO HERMOSILLA, (presa 16572025 del Top de Antofagasta) y DANIKA CRISTINA TELLO HERMOSILLA, ambas por delito de “Tráfico Ilícito de Drogas y Estupefacientes en Pequeñas Cantidades”, previsto y sancionado en el artículo 1 y 4 de la Ley 20.000 y respecto de Tello Hermosilla se suma el delito de TENENCIA DE MUNICIONES, en participación de autoras directas e inmediatas y en grado de consumado. Código: KRLBXVXMKHR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que el Ministerio Público presentó acusación en virtud de lo dispuesto en los artículos 248 letra b), 259 y siguientes del Código Procesal Penal, en contra de JOVANNA ANDREA TELLO HERMOSILLA, cédula de identidad Nº13.870.469-6, labores de casa y DANIKA CRISTINA TELLO HERMOSILLA, cédula de identidad Nº19.691.661-K, l a b o r e s d e c a s a , ambas representadas por el defensor penal Stephen Kendall Craig, sien
Texto Completo (Preview)
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 52 del Código Procesal Penal, se procede a enmendar conforme a derecho, toda vez que se incurrió en un error en la lectura de la pena principal respecto de las acusadas y encontrándome dentro de plazo legal, se procede a corregir la pena principal, en el caso de doña Jovanna Tello Hermosilla,
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