MP C/ VERÓNICA ELIZABETH MARTÍNEZ SAN MARTÍN
Rol
O-4602-2025
Fecha
1 de junio de 2025
Materia
LESIONES LEVES ART. 494 N° 5
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 31 de mayo de 2025, cerca de las 10:30 horas, los imputados quienes son convivientes, se encontraban al interior del domicilio Avda. Pacífico 3518, torre Esparta, dpto. 103 la serena, en cuyo lugar iniciaron una discusión en medio de la cual Verónica Martinez golpeó a Cristian Astorga con su mano en el rostro causándole un dolor a la palpación maxilar izquierda de carácter leve y Cristian Astorga golpeó a Verónica Martinez con su mano en el rostro y en la cabeza causándole un hematoma hemifacie izquierda de carácter leve.” POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerandos grabados íntegramente en el registro de audio N° 2510027125-K-250601-00- 4602-2025 SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 Nº 1, 21, 49, 69, 70, 399, 494 N° 5 del Código Penal; artículos 1, 2, 5, 9, 10, 16 y 18 de la Ley 20.066; y artículos 30, 36, 45, 348 y 388 siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2510027125-k RIT Nº: 4602-2025 DELITOS: Lesiones menos graves en VIF SENTENCIADO: CRISTIAN EDUARDO ASTORGA MALUENDA Código: WJSEXVKTQRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a Cristian Eduardo Astorga Maluenda, cédula nacional de identidad N° 15.032.333-9, ya individualizado, a sufrir la pena de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de lesiones menos graves cometido en el contexto de violencia intrafamiliar, perpetrado en contra de doña Verónica Elizabeth Martinez San Martin, el día 31 de mayo del año 2025, en esta comuna. II.- Que, la multa impuesta se tendrá por cumplida con el tiempo que el sentenciado registra privación de libertad en razón de esta causa, con su detención el día 31 de mayo del año 2025. III.- Que, asimismo, se impone al sentenciado las penas accesorias del artículo 9° letra a) y b) de la Ley N° 20.066, por el término de un año, esto es, obligación del sentenciado de hacer abandono del hogar común que comparte con la víctima, y la prohibición de acercarse a ella, a su domicilio,
Texto Completo (Preview)
RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, uno de junio de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Jueza Carolina Andrea Baroncini Gálvez Fiscal Ninoska Fabiola Mosnich Gonzalez Defensora Teresita de Jesús Padilla Rodriguez Imputado Cristian Eduardo Astorga Maluenda, cédula nacional de identidad N° 15.032.333-9, chileno, ignora profesión u oficio, domiciliado en Los Molles N°170,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica