CLAUDIA DENISSE CARRASCO SÁNCHEZ C/ RODOLFO LUCIO CASTILLO ROJAS
Rol
O-6020-2024
Fecha
28 de mayo de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS: 1° Que ante Juzgado de Garantía, el fiscal del Ministerio Publico, presentó requerimiento en juicio simplificado contra de don RODOLFO LUCIO CASTILLO ROJAS, cédula nacional de identidad N° 10.972.535-8, de profesión u oficio MAESTRO ALUMINIERO, domiciliado en CALLE ARGELIA N° 159, VILLA HERMOSA, VIÑA DEL MAR; NICOLE STEPHANIA MUÑOZ ROJAS, cédula nacional de identidad N° 16.776.114-3, de profesión u oficio EMPLEADA, domiciliada en CALLE IQUIQUE, PASAJE 1 SUR N° 76, FORESTAL, VIÑA DEL MAR y SEBASTIAN IGNACIO GALVEZ ROJAS, cédula nacional de identidad N° 20.828.377-4, de profesión u oficio EMPLEADO, domiciliado en CALLE IQUIQUE, PASAJE 1 SUR N° 184, POBLACIÓN NIETO, FORESTAL 2°: El requerimiento se basa en los siguiente: Hechos N° 1: El día 16 de septiembre del año 2023, alrededor de las 12:00 de la noche, mientras la víctima Claudia Carrasco Sánchez se encontraba en su entonces domicilio ubicado en calle Iquique, pasaje Uno Sur, casa 77, Forestal Alto, Viña del Mar, en compañía de sus hijos y otras tres personas, llegaron al lugar los requeridos Nicole Muñoz Rojas, Sebastián Gálvez Rojas y Rodolfo Castillo Rojas, quienes sin mediar provocación, comenzaron a lanzar piedras al domicilio de la víctima y al mismo tiempo los tres requeridos la amenazaron grave y seriamente señalándole: “sale maraca culia, sale perra, los pacos no te van a salvar, te vamos a matar, no vai ni salvar a los guachos de tus hijos, no vai a poder andar en la calle tranquila”, luego de ello comenzaron a propinar puntapiés a la reja de la víctima con la intención de abrirla y la amenazaron señalándole que la iban a matar a puros golpes. A raíz de lo anterior, los requeridos ocasionaron daños ocasionaron daños a las planchas de zinc y a la reja de acceso del domicilio de la víctima los que fueron avaluados en la suma aproximada de $150.000.- Hechos N° 2: El día 17 de diciembre del año 2023, alrededor de las 21:30 horas, mientras la víctima Claudia Carrasco Sánchez, se encontraba junt
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto los artículos 1, 15 del Código Penal, 295, 296, 340, 388 y siguientes de Código Procesal Penal, SE DECLARA: a) I.- Que se condena RODOLFO LUCIO CASTILLO ROJAS, cédula nacional de identidad N° 10.972.535-8, NICOLE STEPHANIA MUÑOZ ROJAS N° 16.776.114-3, y SEBASTIAN IGNACIO GALVEZ ROJAS, cédula nacional de identidad N° 20.828.377-4, de como autores del delito de amenazas simple contra de Claudia Carrasco Sánchez, ocurridas el día 16 de septiembre de 2023, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, sin costas. b) Se, absuelve a Rodolfo Castillo Rojas, Nicole Muñoz Rojas y Sebastián Gálvez Rojas, ya individualizados de la imputación como autores del delito de Daños Simples, por hechos que habrían ocurrido el 16 de septiembre de 2023. c) Se condena a Rodolfo Castillo Rojas y Nicole Muñoz Rojas, como autores del delito de Amenazas simples contra Claudia Carrasco Sánchez, ocurrido el día 17 de Código: WCSYXVXUNFS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl diciembre de 2023, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, sin costas. d) Al cumplir los requisitos legales, se dispone la sustitución de las penas privativas de libertad impuestas a los tres condenados, por la de pena
Texto Completo (Preview)
Viña del Mar, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. CONSIDERANDO, VISTO Y OIDOS: 1° Que ante Juzgado de Garantía, el fiscal del Ministerio Publico, presentó requerimiento en juicio simplificado contra de don RODOLFO LUCIO CASTILLO ROJAS, cédula nacional de identidad N° 10.972.535-8, de profesión u oficio MAESTRO ALUMINIERO, domiciliado en CALLE ARGELIA N° 159, VILLA HERMOSA, VIÑA DEL MAR; NI
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