Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos

MAURICIO FABIAN VEGAS ASENCIO C/ JUAN ANTONIO IGOR TORRES

Rol

O-367-2024

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de manera libre y voluntaria. - Se dicta sentencia en procedimiento simplificado. Re-formalización: El 12 de septiembre del año 2024, alrededor de las 01:25 horas, el imputado Juan Antonio Torres condujo en estado de idea la camioneta Chevrolet color blanca, placa potencia única GXWV.24 por la ruta V-496 Sector Llico Bajo, comuna de Los Muermos. Siendo sorprendido y fiscalizado por Carabineros al llegar a ala altura del km 32,9 de dicha vía, verificando su brillado por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado intemperancia al hablar e inestabilidad al caminar, además, porque se Código: SSMGXVXXLES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sometió a la prueba respiratoria alcotest, la cual arrojó 1.55° por litro de alcohol en la sangre, mientras que el examen de sangre de alcoholemia determinó la presencia de 2.33 gramos por litro de alcohol en la sangre Los hechos presentemente escritos configuran en la opinión del Ministerio público un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° en relación con el artículo 110 de la ley 1829, grado de desarrollo consumado, grado de participación de autor ejecutor. Requerimiento verbal. Hechos, grado de desarrollo y participación: Tanto los hechos, grado de desarrollo y participación son los mismos de la re-formalización, los cuales se dan por reproducidos por economía procesal. CMR: 11N°6 y 9

Fundamentos

Fundamentos:  Parte de detenido N°410 de fecha 12 de septiembre.  Acta de funcionario aprensor don Mauricio Vega asensio de fecha 12 de septiembre de 2024.  El acta de examen de alcolemia voluntaria suscrita por el imputado con fecha 12 de septiembre del 2024  Acta de concertación de la evidencia suscrita a Carabineros, con fecha de septiembre de 2 del 2024.  Fotografía ilustrativa del resultado obtenido del alcotest, atendido que no tiene impresora para impresión del voucher.  Fotografía del KM donde se conducía el vehículo y fue fiscalizado el imputado.  Copia fotostáticas de los documentos del vehículo conducido por el imputado (permiso de circulación, certificado de emisiones contaminantes, revisión técnica y seguro obligatorio)  Datos de atención de Urgencia N°47816170 del Cesfam de Los Muermos, respecto de don Juan Antonio  Boleta de alcolemia suscrita por el imputado y el medico de turno, asociada al número 619 del año 2024. Código: SSMGXVXXLES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl  Certificado de dominio vigente del vehículo Chevrolet color blanca, placa patencia única GXWV.24  Informe de alcolemia evacuado por el SML de Puerto Montt.  Extracto de filiación y antecedentes del imputado.  Hoja de vida del conductor. PREVIO DICTAR SENTENCIA: El tribunal procede a dictar sentencia, haciendo cargo de las alegaciones en relación con la multa y suspensión de la licencia de conducir. En cuando a multa, se aplicará el art.70 CP rebajando al mínimo que establece la ley, atendido que el imputado tiene un trabajo que necesita una licencia de conducir y se verá impedido de realizar este tipo de trabajo, por lo que se accederá a la rebaja y se aplicará una multa de 1/3 UTM. En cuanto a la suspensión de licencia de conducir, se tendrá en consideración el principio de inocencia y el principio de interpretación a favor del imputado, esto en relación del art. 196 de la ley del tránsito, considerando que para la 1° ocasión se suspenderá por 2 años; para la 2° ocasión por 5 años y; finalmente para la 3°ocasión la cancelación de la licencia. De los antecedentes penales que cuenta el sentenciado, tiene una irreprochable conducta anterior, no vislumbrándose ninguna sanción previa que haya involucrado la suspensión o cancelación de licencia de conducir, si bien se ha hecho referencia a una suspensión condicional del procedimiento se debe considerar cual es el alcance de esta suspensión, está en ningún momento rompe la presunción de inocencia, ya que esta es aceptada sin reconocer los hechos de la causa respectiva, es

Fallo

por estas consideración y no extendiendo una suspensión previa que conste en condena con sentencia firme y ejecutoriada, se rechaza la solicitud del MP y se fijará la suspensión de dos años, considerando que la infracción cometida en esta causa es la primera. DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Los Muermos, veintidós de mayo de dos mil veinticinco. Código: SSMGXVXXLES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340, 341 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7 11 N°6 y 9, 70 del Código Penal; artículos 110, 196 de la ley N°18.290 de Tránsito; y Ley N°18.216, se resuelve: I.- Que se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público en contra de don JUAN ANTONIO IGOR TORRES, RUN 0010939142-5, ya individualizado, y, en consecuencia, se le condena a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; accesoria legal de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de 02 años; y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de manejo en estado de ebriedad, descrito y sancionado en el art.196 inciso 1° en relación con el art. 110 de la

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Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado.. Fecha Los Muermos., veintidós de mayo de dos mil veinticinco Magistrado DANIEL AUGUSTO DIAZ CARDENAS Fiscal ALEJANDRO GOMEZ Defensor CLAUDIO HERRERA Hora inicio 12:41PM Hora termino 01:11PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de los Muermos Acta SPR RUC 2401199822-0 RIT 367 - 2024 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT

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