MP C/ CAMILA ANDREA ARAVENA ALVADIZ
Rol
O-490-2025
Fecha
30 de mayo de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 446 n°2 del Código Penal; artículos 207, 295, 340 del Código Procesal Penal: se declara: I.- Que, se absuelve a CAMILA ANDREA ARAVENA ALVADIZ del requerimiento formulado en su contra, que la sindicaba de ser autora de un delito de hurto simple, en grado de desarrollo de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 n°2 del Código Penal, que se decía cometido por ella en perjuicio del supermercado Líder el día 16 de enero del año 2025 en territorio de esta jurisdicción. II.- Se declara, asimismo, que por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser responsabilidad del ente persecutor la incomparecencia de la prueba al juicio, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en al artículo 468 del Código Procesal Penal, habiendo las partes renunciado a los plazos. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Código: KXHUXVJYYRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-30T16:36:25-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a CAMILA ANDREA ARAVENA ALVADIZ del requerimiento formulado en su contra, que la sindicaba de ser autora de un delito de hurto simple, en grado de desarrollo de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 446 n°2 del Código Penal, que se decía cometido por ella en perjuicio del supermercado Líder el día 16 de enero del año 2025 en territorio de esta jurisdicción. II.- Se declara, asimismo, que por haber tenido motivo plausible para litigar y por no ser responsabilidad del ente persecutor la incomparecencia de la prueba al juicio, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en al artículo 468 del Código Procesal Penal, habiendo las partes renunciado a los plazos. Dictada por doña AÍDA CECILIA TORRES SALGADO Juez Titular del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Código: KXHUXVJYYRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-30T16:36:25-0400
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de juicio oral simplificado. Fecha Viña del Mar., treinta de mayo de dos mil veinticinco RUC 2500079144-2 RIT 490 - 2025 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CAMILA ANDREA ARAVENA ALVADIZ 0019563715- 6 Sector Las Pléyades Nº 7351 Cerrillos. SENTENCIA VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica