C/ ANDERSON GABRIEL BELLO MANRIQUE
Rol
O-5348-2023
Fecha
28 de mayo de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el Ministerio Público presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Anderson Gabriel Bello Manriquez, ciudadano venezolano, cédula de identidad 26.606.762-3, domicilio en Nicasio Retamal 054, departamento 603, comuna Estación Central, por estimarlo responsable, a título de autor, en un delito de manejo en estado de ebriedad causando daños. Los hechos habrían ocurrido el 1° de abril del 2022, a las 6:40 horas, en calle Nicasio Retamales a la altura del 054, comuna de Estación Central, donde el imputado fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad el vehículo placa LYFX-90, marca Chevrolet, color gris, causando daños de consideración al vehículo Mitsubishi color burdeo, placa WX-3061 correspondiente a la víctima Ángel Enrique García Barrios. El estado de ebriedad se constató por los funcionarios policiales que adoptaron el procedimiento debido a su rostro congestionado, aliento alcohólico e incoherencia al hablar. Practicada la prueba respiratoria alcohol test, se obtuvo como resultado 0,81 g. por 1000 en la sangre. La alcoholemia arrojó como resultado 0,82 g. por 1000 en la sangre al momento de desempeñar la conducción. Pide el Ministerio Público se le imponga una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 10 unidades tributarias mensuales, suspensión de licencia de conducir por 2 años, accesorias del artículo 30 del Código Penal y el pago de las costas de la causa. Segundo: Que el imputado no aceptó el requerimiento, razón por la cual se preparó el juicio oral y se fijó la audiencia del día de hoy para llevarlo a cabo. Tercero: Que para acreditar su pretensión la fiscalía ofreció un testigo singular, además, prueba documental y, a través de la declaración de su testigo, incorporó cuatro fotografías. A su turno, la defensa presentó prueba de descargo en aras de demostrar que los hechos no habrían ocurrido en la forma establecida en la imputación presentando tres testigos y exhi
Fundamentos
motivos plausibles para litigar, puesto que tal vez con un mayor celo se hubiese tomado una decisión distinta o, por lo menos, hubiese permitido explicar la versión del imputado sin necesidad de llegar a un juicio en el cual obviamente se arriesga el todo o nada como en este caso.
Fallo
Por estas razones, el Ministerio Público no tuvo motivos plausibles para litigar, puesto que tal vez con un mayor celo se hubiese tomado una decisión distinta o, por lo menos, hubiese permitido explicar la versión del imputado sin necesidad de llegar a un juicio en el cual obviamente se arriesga el todo o nada como en este caso. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1° y siguientes del Código Penal; artículos 45, 48, 399 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Código: PDSXVRZLES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se absuelve a Anderson Gabriel Bello Manriquez, ya individualizado, del requerimiento formulado en su contra por el Ministerio Público de conducir en estado de ebriedad un vehículo motorizado causando daños, hecho que presuntamente hubiese ocurrido el primero de abril de 2022 en la como una Estación Central en perjuicio de Ángel García Barrios. II.- Que por las razones precisas de la parte considerativa se condena en costas al Ministerio Público por estimar que no tuvo motivos para litigar. Regístrese y archívese su oportunidad la presente sentencia. RUC 2301250368-7 RIT 5348 – 2023; Dictada por el Juez titular NIBALDO BERNARDO AREVALO MACIAS, 6°Juzgado de Garantía de Santiago. Código: PDSXVRZLES Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-02T13:35:37-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el Ministerio Público presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Anderson Gabriel Bello Manriquez, ciudadano venezolano, cédula de identidad 26.606.762-3, domicilio en Nicasio Retamal 054, departamento 603, comuna Estación Central, por estimarlo responsable, a título de autor, en u
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica