SS INTEGRALES DE SEGURIDAD/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO LA
Rol
I-25-2022
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Ronald Henry Venegas Aqueveque cédula nacional de identidad N° 13.803.731-2, empresario, en representación de SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA SANTA BARBARA SPA RUT 77.218.783-1, ambos con domicilio para estos efectos Parcela 10, Lote 3, Sector Los Mayos, Santa Bárbara; deduciendo en procedimiento monitorio reclamación en contra de la Resolución Exenta Numero 228 de 2022, dictada por la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES, representada legalmente por doña RUTH INFANTE SEGUEL, Inspector Provincial Los Ángeles, en la cual se condena a su representada al pago de la cantidad de: 1.- 6067/2022/18 por 5, UTM, y 2.- 6067/2022/18 por 1,20 IMM, solicitando se. deje sin efecto la multa aplicada en la resolución exenta Numero 228 de 2022, que condenó a la empresa SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA SANTA BARBARA SPA o en subsidio proceda a rebajarla prudencialmente, por ser excesiva, en ambos casos con costas. SEGUNDO: Que funda su acción en virtud de los siguientes antecedentes: La multa fue cursada por los siguientes hechos: 1.-NO CONTENER EL CONTRATO DE TRABAJO LA CLAUSULA BASICA LEGAL, REFERIDA A LA DISTRIBUCION DE LA JORNADA SEMANAL DE TRABAJO, RESPECTO DEL TRABAJADOR DON YEREMITH DUVAN ESCOBAR SILVA RUT. 20.323.991-2. 2.-NO EXHIBIR TODA LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA QUE DERIVA DE LAS RELACIONES DE TRABAJO, NECESARIA PARA EFECTUAR LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE: CARTA AVISO TERMINO DE CONTRATO COPIA INSPECCION DEL TRABAJO, REGISTRO CONTROL DE ASISTENCIA PERIODO ENERO A MARZO 2022, RESPECTO DEL TRABAJADOR DON YEREMITH DUVAN ESCOBAR SILVA RUT. 20.323.991-2. Esta sanción fue dictada luego que se presentara por nuestra parte dentro del plazo legal, una reconsideración administrativa en contra de la Resolución N° 228-2022, para que se sustituyera la multa por capacitación, sin embargo dicha reclamación no prospero ya que con fecha 15 de junio del presente, notificada a esta parte con fecha 16 de junio de 2022, doña RUTH INFANTE SEGUEL, Inspector Provincial del Trabajo, resolvió lo siguiente: "SE RECHAZA LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE MULTA POR CAPACITACIÓN, PUES LA EMPRESA NO DEMOSTRÓ LA CORRECCIÓN DE LA INFRACCIÓN" Antecedentes generales. La empresa SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA SANTA BARBARA SPA, es una pequeña empresa contratista del área de seguridad, que inició sus actividades en el mes de Octubre de 2020, acreditándonos ante el OS10 de Carabineros en enero de 2021, cuenta con cuatro trabajadores operarios y yo en mi calidad de dueño realizo personalmente las labores administrativas, no cuenta la empresa con asesoría legal directa en su funcionamiento, ni con asesoría contable, sino solo por tema de remuneraciones e impuestos. Nuestra empresa ha sido fuertemente golpeada por las consecuencias de la pandemia que existe en nuestro país. Que en relación a las infracciones constatadas podemos señalar lo siguiente: 1.- NO CONTENER EL CO
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículos 420, 500, 501, 512 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge el reclamo presentado por SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA SANTA BARBARA SPA en contra de la Resolución Exenta Numero 228 de 2022, dictada por la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES, sólo en cuanto se declara: 1.- Que se rebajan la multas 6067/2022/18-1 y 6067/2022/18-2; quedando, la primera, en 2,5 UTM; y la segunda, en 0,6 Ingreso Mínimo Remuneracional 2.- Que se rechaza en lo demás. II.- Que cada parte pagará sus costas Anótese, regístrese, notifíquese, y archívese en RIT I-25-2022 RUC 22- 4-0413753-4 Proveyó don(a) BARBARA ANDREA LEAL TORREALBA, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles. En Los Angeles a siete de noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
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Los Angeles, siete de noviembre de dos mil veintidós VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció don Ronald Henry Venegas Aqueveque cédula nacional de identidad N° 13.803.731-2, empresario, en representación de SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD PRIVADA SANTA BARBARA SPA RUT 77.218.783-1, ambos con domicilio para estos efectos Parcela 10, Lote 3, Sector Los Mayos, Santa Bárbara; deduciendo en pro
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