Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./

Rol

V-720-2019

Fecha

12 de noviembre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 04 de junio de 2019 doña PAULINA ANDREA ALVAREZ ULLOA, chilena, soltera, abogado, cédula de identidad número 15.019.794-5, en representación de SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., persona jurídica de derecho privado del giro y nacionalidad de su denominación, Rol Único Tributario número 93.007.000-9, ambos domiciliados en Aníbal Pinto N° 3228 de Antofagasta; solicitó 2 pertenencias mineras de 8 hectáreas cada una, sobre una superficie de 16 hectáreas, a las que denominó “ESPERANZA 31 DEL 1 AL 2”, ubicadas en la Provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal, Segunda Región. SEGUNDO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 2634 N° 1378, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 07 de junio de 2019 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.392, de fecha 01 de julio de 2019, documentación agregada a los autos con fecha 27 de diciembre de 2019. TERCERO: Que con fecha 27 de diciembre de 2019, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 30 de diciembre de 2019, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación el día 04 de junio de 2019. CUARTO: Que con fecha 13 de enero de 2020, edición N° 42.551, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería y con fecha 07 de febrero 2020, DANIELA PATRICIA VENEGAS VARAS, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 18.148.713-5, en representación, según se acreditará de EAGLE COOPER MINERAL CORP SpA, Rol Único Tributario número 77.035.689-K, presentó demanda de oposición a la mensura contra la presente concesión minera de explotación, causa Rol C- 28-2020, la cual se encuentra finalizada por sentencia definitiva dictada con fecha 29 de diciembre de 2020, y ejecutoriada con fecha 16 de marzo de 2021. QUINTO: Que con fecha 22 de agosto de 2021, se acompañó acta de mensura en la cual consta que se solicitaron 2 pertenencias con una superficie total de 16 hectáreas, y se mensuraron 2 pertenencias con una superficie total de 13 hectáreas, con el nombre de “ESPERANZA 31 DEL 1 AL 2”, ubicadas en la II Región de Antofagasta, Provincia Antofagasta, Comuna Taltal, Sector Se Cerro Ballena. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VÉRTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.202.600,00 430.200,00 L2 7.202.600,00 430.700,00 L3 7.202.500,00 430.700,00 L4 7.202.500,00 431.000,00 L5 7.202.400,00 431.000,00 L6 7.202.400,00 430.200,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.202.500,00 metros.; ESTE 430.600,00 metros. SEXTO: Que la operación de la mensura, fue practicada en forma correcta, según informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 6771, de fecha 05 de octubre de 2021, el cual se encuentra agregado con fecha 05 de octubre de 2021. SÉPTIMO: Que

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. OCTAVO: Que, con fecha 05 de octubre de 2021, la presente causa queda en estado de fallarse. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “ESPERANZA 31 DEL 1 AL 2”, ubicadas en la II Región de Antofagasta, Provincia Antofagasta, Comuna Taltal, Sector Se Cerro Ballena, con una superficie total de 13 hectáreas, a favor de SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A. o también S.Q.M. S.A., antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia junto con el acta de mensura correspondiente. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de

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FOJA: 23 .- veintitres .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-720-2019 CARATULADO : SOCIEDAD QUÍMICA Y MINERA DE CHILE S.A./ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “ESPERANZA 31 DEL 1 AL 2” FECHA DE INGRESO : 04 DE JUNIO DE 2019 FECHA A.P.F. : 05 DE OCTUBRE DE 2021 Taltal, doce de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO:

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