DAGOBERTO ANTO CHACANA RODRIGUEZ C/ MIGUEL ANGEL BARRIENTOS ZENTENO
Rol
O-1935-2024
Fecha
29 de mayo de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70 del Código Penal; art 110, 196 de la Ley de Tránsito; arts. 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a MIGUEL ANGEL BARRIENTOS ZENTENO, cédula de identidad N° 12.196.518-6, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Conducción en estado de Ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley de Tránsito N°18.290, por hechos ocurridos con fecha 15 de diciembre de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que se impone además la pena accesoria especial de suspensión de licencia de conducir por DOS AÑOS, de modo tal que se oficiará al Registro Nacional de Conductores y a la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de La Cruz, para su conocimiento y control. Código: EJWLXVXDJRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Valparaíso por el lapso de UN AÑO, debiendo cumplir además, durante dicho período, con las condiciones establecidas en el artículo 5 de la Ley 18.216. El condenado deberá presentarse a dicho Centro dentro del plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia estuviere firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de cumplimiento efectivo de la pena inicial, le servirá de abono los días que haya permanecido privado de libertad con motivo de esta causa, lo que se certificará en su oportunidad. Además, se abonará a su favor el tiempo d
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70 del Código Penal; art 110, 196 de la Ley de Tránsito; arts. 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a MIGUEL ANGEL BARRIENTOS ZENTENO, cédula de identidad N° 12.196.518-6, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Conducción en estado de Ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 110 y 196 de la Ley de Tránsito N°18.290, por hechos ocurridos con fecha 15 de diciembre de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que se impone además la pena accesoria especial de suspensión de licencia de conducir por DOS AÑOS, de modo tal que se oficiará al Registro Nacional de Conductores y a la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de La Cruz, para su conocimiento y control. Código: EJWLXVXDJRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Valparaíso por el lapso de UN AÑO, debiendo cumplir además, durante
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Sentencia en Procedimiento Simplificado: Quintero, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada).- Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70 del Código Penal; art 110, 196 de la Ley de Trán
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