C/ JESUS MANUEL HOYO FERNANDEZ
Rol
O-7898-2024
Fecha
26 de mayo de 2025
Materia
CUASIDELITO DE HOMICIDIO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El 20 de diciembre de 2024, alrededor de las 11:00 horas, el imputado Jesús Hoyo Fernández, conducía la motocicleta PPU PLW085 por calle Dr. Sótero del Río en dirección al oriente sur oriente de la comuna de la Florida, procediendo a realizar, al llegar cerca de calle Catemu, una maniobra de adelantamiento de un vehículo por la derecha, y al no estar atento a las condiciones del tránsito del momento ni respetar el derecho preferente de paso que tienen los peatones al cruzar por pasos peatonales, impactó a la víctima, don Bernardino Segundo Solar Gutiérrez, el que precisamente cruzaba por un paso peatonal del lugar, resultandoproducto del impacto, fallecido, por un accidente vascular hemorrágico cerebeloso secundario a un traumatismo encéfalo craneano por hecho de tránsito. SEGUNDO: Que el imputado, previa las advertencias legales, admitió responsabilidad en los hechos que se describen en el requerimiento, por lo que se procedió de conformidad al artículo 395 del Código Procesal Penal. TERCERO: Que para los efectos de la determinación de la pena se ha tenido presente que el delito se encuentra en grado de consumado y favorecen al requerido las atenuantes contempladas en el artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, esto es irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. CUARTO: Que el imputado cumple los requisitos previstos en el artículo 10 y siguientes de la ley 18.216, modificado por la 20.603, por lo que se sustituirá la pena por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N° 1, 30, 50, 67, 69, 391, 490 y 492 del Código Penal; artículos 1, 4, 8, 50, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 10 y siguientes de la ley 18.216; y artículo 134 de la ley 18.290; SE DECLARA: I. Se condena a JESUS MANUEL HOYO FERNANDEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la
Fallo
SE DECLARA: I. Se condena a JESUS MANUEL HOYO FERNANDEZ, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un cuasidelito de homicidio de Bernardino Segundo Solar Gutiérrez, previsto en artículo 490 y 492, en relación con el artículo 391del Código Penal, en carácter de consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 20 de diciembre de 2024, sin costas. Código: PNMQXVXUXRH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Se condena al sentenciado, además, a la inhabilitación para obtener licencia de conducir por el término de un año. III. Cumpliendo los requisitos legales, se sustituye la pena por la remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile por el término de un año. Para los efectos de empezar a cumplir la pena en esta modalidad, el sentenciado deberá concurrir a Gendarmería de Chile en la fecha indicada en el acta de la audiencia, bajo apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le revocará el beneficio aludido. En el evento que se le revocare el beneficio, deberá cumplir efectivamente la pena corporal impuesta, abonándose el día 21 de diciembre de 2024, en que permaneció detenido por esta causa. IV. Omítase el registro de la presente condena de acuerdo a lo establecido en el art. 38 de la Ley 18.216 Ejecutoriada que se
Texto Completo (Preview)
Santiago, a veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JESUS MANUEL HOYO FERNANDEZ, Cédula de identidad 27.807.231-2, domiciliado(a) en calle El Acero 10538, depto. Nº 37, La Florida, por los siguientes hechos: El 20 de diciembre de 2024, alrededor de las 11:00 horas, el imputado Jesús Hoyo Fernánde
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