MP C/ REBECA ESTER CÁRCAMO AGÜERO
Rol
O-4116-2025
Fecha
29 de mayo de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 4116 - 2025 RUC 2500737393-K Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: CNV. Código: QNJEXVVGFNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-30T09:58:55-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, y siguientes, 446 N°3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a REBECA ESTER CÁRCAMO AGÜERO, RUN N°17.720.204-5, ya individualizada, como autora de tentativa del delito de hurto simple en perjuicio de Supermercado LIDER, cometido en Puerto Montt el día 28 de mayo de 2025, a la PENA de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena privativa de libertad y la multa impuesta se tienen POR CUMPLIDAS con las jornadas de detención que le afectaron en la presente causa, a saber, del 28 al 29 de mayo de 2025. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 4116 - 2025 RUC 2500737393-K Pronunciada por don ROLANDO CHRISTIAN DIAZ COLOMA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: CNV. Código: QNJEXVVGFNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N°9, 15 N°1, y siguientes, 446 N°3 del Código Penal; artículos 388 y si
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