MINISTERIO PÚBLICO C/ ALEX PATRICIO CURINAO HUAÑACO
Rol
O-1409-2023
Fecha
28 de mayo de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de causa 1268-2024, Informa agrupación causa RIT 1268-2024, a la presente causa. Tribunal: Se decreta la acumulación de causa RIT 1268-2024 a causa RIT 1409-2023. Fiscal: Solicita abreviado. Expone antecedentes fundantes Imputado: Acepta abreviado. Tribunal: Admite a tramitación la causa en procedimiento abreviado. Defensa: Hace alegaciones Fiscal: Sin observaciones. Tribunal dicta veredicto condenatorio SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO De acuerdo con las consideraciones y normas legales que constan en registro de audio, se transcribirá la parte resolutiva del fallo, quedando el contenido íntegro en el correspondiente registro de audio. (Modificatorias: Atenuante del artículo 11 Nº 9 del Código Penal). I.- Que, SE CONDENA a don ALEX PATRICIO CURINAO HUAÑACO, cédula de identidad Nº 16.869.969-7, ya individualizado en lo demás, como autor de UN DELITO REITERADO de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación a los artículos 110, 111 y 209 de la Ley Nº 18.290, cometido en Ercilla Código: GXUXXVPMDMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl los días 23 de noviembre de 2023 y 02 de octubre de 2024 a una pena de MIL OCHENTA Y DOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, MULTA DE DOS TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, Y LA SUSPENSION O INHABILIDAD PARA OBTENER LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS. II.- Que, la pena pecuniaria se tiene por sustituida y cumplida, en atención al tiempo que permaneció privado de libertad el imputado en estos antecedentes, dos fracciones superiores a 12 horas, entre el 23 y el 24 de noviembre de 2023 y el 3 y el 4 de abril de 2025, respectivamente. III.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4° de la Ley Nº 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la
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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral. Fecha Collipulli., veintiocho de mayo de dos mil veinticinco Magistrado MARIA FERNANDA LAGOS LEPE Fiscal SOFIA VENEGAS Defensor JUAN DELPINO Hora inicio 12:46 Hora termino 13:15 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli Acta JCG RUC 2301285529-K RIT 1409 - 2023 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COM
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