Juzgado de Garantía de Puerto Varas

MP C/ ANDRÉS FELIPE BARRÍA CERPA

Rol

O-737-2025

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES MENOS GRAVES., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 20 de marzo de 2025, alrededor de las 13:30 horas, la víctima HÉCTOR HERNAN BUGUEÑO LOPEZ, se desplazaba abordo de su vehículo, marca Chevrolet, modelo Sail, PPU GTTT-65, y al llegar a la intersección de calle Manuel Antonio Matta con calle Candelaria, de la comuna de Llanquihue fue interceptado por un vehículo, marca Chevrolet, modelo Tracker, del cual desciende el imputado ANDRÉS FELIPE BARRÍA CERPA, quien se dirigió hasta la puerta del conductor del vehículo de la víctima, y le propinó un golpe con un objeto contundente al vidrio de la ventana de la puerta del conductor, fracturando el vidrio y saltando las esquirlas del vidrio al rostro de la víctima, causándole lesiones en su rostro, para luego el imputado huir del lugar. Producto de lo anterior, la víctima resultó con 05 lesiones punzantes de 1 mm aproximadamente en región de pabellón auricular y cigomática izquierda; lesión punzante en parpado inferior izquierdo de 1 mm, ulcera corneal, lesiones clínicamente de mediana gravedad, mientras que los daños los daños fueron avaluados por la víctima en la suma de $120.000. En el contexto de la detención del imputado ANDRÉS FELIPE BARRÍA CERPA, en calle Erardo Werner a la altura del número 645, de la comuna de Llanquihue, personal de Carabineros de Chile, sorprendió al imputado portando entre sus vestimentas un arma corto punzante tipo cortaplumas, no dando justificación plausible para su porte”. Puerto Varas, a veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N°1, 25, 49 y siguientes, 50, 67 y siguientes, 70, 288, 399 y 487 del Código Penal; Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a ANDRÉS FELIPE BARRÍA CERPA, cédula de identidad Nº 20.064.810-2, domiciliado en Calle Teniente Merino N°535 Población Manuel Montt, comuna de Llanquihue, teléfono 20916958, mail cerpa66@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en de lo

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a ANDRÉS FELIPE BARRÍA CERPA, cédula de identidad Nº 20.064.810-2, domiciliado en Calle Teniente Merino N°535 Población Manuel Montt, comuna de Llanquihue, teléfono 20916958, mail cerpa66@gmail.com, por su responsabilidad como AUTOR en de los delitos CONSUMADOS de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, DAÑOS SIMPLES previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, y PORTE DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, hecho Código: XDJUXVXSXVE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:cerpa66@gmail.com Juzgado de Garantía de Puerto Varas ocurrido el día 20 de marzo de 2025, en la comuna de Llanquihue, a TRES penas de multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL cada una y el comiso del arma blanca incautada, para su destrucción por el Ministerio Público una vez ejecutoriada la sentencia. II. - Que para la multa impuesta, 1/3 de UTM se tendrá por cumplida con el día de la detención y el saldo de 2/3 de UTM se concede plazo para pagarlo hasta en dos cuotas, con vencimiento al día 30 y 60 desde que esta sentencia quede ejecutoriada. Si no paga se procederá la conversión del art. 49 del Código Penal, a menos que solicite antes del vencimiento que se convierta a trabajo comunitario a cargo del delegado de Gendarmería del Centro de Reinserción Social de Puerto Montt. III.- Que por el ahorro d

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. HECHOS: “El día 20 de marzo de 2025, alrededor de las 13:30 horas, la víctima HÉCTOR HERNAN BUGUEÑO LOPEZ, se desplazaba abordo de su vehículo, marca Chevrolet, modelo Sail, PPU GTTT-65, y al llegar a la intersección de calle Manuel Antonio Matta con calle Candelaria, de la comuna de Llanquihue fue interceptado por un ve

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