1º Juzgado Civil de Viña del Mar

GONZÁLEZ/

Rol

V-223-2021

Fecha

11 de noviembre de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que a Folio 1, comparece do a ñ MARCELA ROXANA GONZ LEZ VERDUGO, RUN N 9.789.815-4Á ° , empleada, domiciliada en El Raul N 3í ° .095, Block 1, Departamento 11, comuna de Vi a del Mar, y solicitañ autorizaci n para enajenar derechoó s que posee en el inmueble que individualiza, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone. Se ala queñ actualmente se encuentra casada bajo régimen de sociedad conyugal con don Carlos Eduardo Ortega Olivares, Run N 9.507.477-4,° empleado, domiciliado en El Maitén 3.151, Block 4, Departamento 26, comuna de Viña del Mar. Manifiesta ser dueña de derechos sobre una propiedad raíz ubicada en Corcol n N 3é º .308, Meseta El Gallo, Miraflores Alto, comuna de Viña del Mar, inmueble que adquiri pó or sucesión por causa muerte al fallecimiento de su padre don Oscar Nelson González Aravena, propiedad inscrita a Fojas N°7971 vuelta N°8718 del a o 2020 del ñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Vi a del Mar, Rol N 2434-29ñ º , cuyos deslindes Al Norte: con calle Corcolen; Al Sur: Con Lote diecisiete; Al Oriente: Con Lote dos; y Al Poniente: con calle sin nombre. Indica que su cónyuge se ha negado como administrador de sus bienes propios a dar en venta al mencionado bien, exigiendo recompensas a dicha firma o autorización. Expresa que para ella es de gran interés y utilidad vender los derechos de la propiedad indicada, pues se ofrece por ella la suma de $ 15.000.000, por dichos derechos que corresponden a una tercera parte de la totalidad de estos. Precio que es muy superior al avalúo fiscal, que es de $24.572.244, y su porcentaje en ese valor corresponde a un tercio, es decir, $8.190.748.- Indica que la venta de la propiedad es de gran utilidad para ella y su grupo familiar, especialmente si se toma en cuenta el estado de la propiedad, que debe ser reparada continuamente, y la baja rentabilidad de la misma, sumado a que actualmente su cónyuge sufre de alcoholismo y no contribuye en la medida de lo necesario a la mantención de una hija en com n queú tiene TEA cuyos tratamientos son bastantes costosos. Agrega lo dispuesto por el art culoí 138 bis del Código Civil, el que transcribe, y en virtud de lo establecido adem s por á los artículos 680 y 683 del Código de Procedimiento Civil, y 318 bis y 1754 del Código Civil, solicita se autorice la venta de la propiedad individualizada en una suma no inferior a $10.000.000, que se pagará por vale a la vista o dinero efectivo, autorizar desde ya el percibir el precio, y si lo tiene a bien conforme art 638 del Código de Procedimiento Civil, previo informe del Sr. Defensor Público. Segundo: Que a Folio 1 se acompa anñ los siguientes documentos: 1.- Copia de Inscripci n del inmueble a Fojas ó 7971 v número 8718 del Registro de PROPIEDAD del Año 2020, del Conservador de Bienes Ra ces de Vi aí ñ del Mar, a nombre de la solicitante, do a MARCELA ROXANA GONZ LEZñ Á VERDUGO, de do a Grace Beatriz Gonz lez Verdugo y de do a Sandra Ang licañ á ñ é Gonz lez Verdugo.á 2.- Certificado de Cese de Convivencia emitido por el Servicio de Registro Civil e identificaci nó , del Matrimonio Nro. inscripci n 266 del 1990, de laó Circunscripci n Vi a del Mar, celebrado con fecha 08 Febrero 1990. Nombre deló ñ marido Carlos Eduardo Ortega Olivares, Run N 9.507.

Fallo

por tanto la autorización judicial para que la misma pueda ceder sus derechos en el inmueble referido, se acceder a la solicitud.á Por lo expuesto y visto, adem s las disposiciones legales citadas anteriormente, á se resuelve: - Que se concede a doña MARCELA GONZÁLEZ VERDUGO autorización para enajenar los derechos que tiene respecto del inmueble ubicado en Corcol né N°3308, Meseta El Gallo, Miraflores Alto, comuna de Viña del Mar. Derechos que adquirió por sucesión por causa de muerte quedada al fallecimiento de su padre don Oscar Nelson González Aravena, inscritos a Fojas 7971 vuelta N 8718° del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Vi a delñ Mar. Dictado por do añ GABRIELA GUAJARDO AGUILERA, Jueza Titular. En Vi a del Marñ , a once de Noviembre de dos mil veintiuno, se dió cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-11T10:56:02-0300

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FOJA: 24 .- veinticuatro.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : V-223-2021 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Vi a del Marñ , once de Noviembre de dos mil veintiuno Visto y teniendo presente: Primero: Que a Folio 1, comparece do a ñ MARCELA ROXANA GONZ LEZ VERDUGO, RUN N 9.789.815-4Á ° , empleada, domiciliada en El Raul N 3í ° .095, Block 1, Departamento 11,

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