8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JUAN ANDRÉS RUCAN DÍAZ

Rol

O-6685-2023

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este juzgado el Ministerio Público, representado por don (ña) Alejandra Godoy Ormazábal dedujo acusación verbal en JUAN ANDRÉS RUCAN DÍAZ, C.I. N° 15.257.643-9, domiciliado en Calle Juanita Nº 13940, La Pintana, a quien se atribuye participación de autor en un delito consumado de robo en lugar no habitado, quien estuvo representado por su defensor don Gonzalo Guzmán La Rivera. El Ministerio Público fundó su acusación en los siguientes hechos: Con fecha 20 de octubre del año 2023, cerca de las 15:22 horas, el acusado Juan Andrés Rucan Díaz, concurrió hasta el local comercial de nombre “ HUACHITA CULEBRA”, ubicado en General Flores N° 180, comuna de Providencia, saltó la reja perimetral que se encontraba cerrada y con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, sacó una estufa a gas de terraza avaluada en la suma de $200.000 pesos, pasándola a la vía pública por sobre la reja , con la intención de apropiarse de ello, para luego darse a la fuga del lugar. Señaló que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Y solicitó para el acusado la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo en lugar no habitado, más las accesorias legales, y sin las costas de la causa. Por su parte, la defensa manifestó conformidad con lo peticionado por la fiscalía. Pidió, además, que la pena se le dé por cumplida con el mayor tiempo en que estuvo privado de libertad por esta causa. SEGUNDO: Que el acusado aceptó los hechos de la acusación, así como los antecedentes de la investigación, que fueron expuestos por el Ministerio Público de manera sucinta, y que constan en el registro de audio de la audiencia celebrada con esta fecha. Tales antecedentes resultan concordantes y coherentes con su aceptación, de modo que permiten tener por establecida la existencia de los hechos en los mismos términos expuestos en la acusación, y que se dan por reproducidos íntegramente. Tales hechos se cal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1°, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 28, 50, 67, 432, 442 N° 1 y 449 del Código Penal; 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I. Que se condena a JUAN ANDRÉS RUCAN DÍAZ, C.I. N° 15.257.643-9, ya individualizado, como autor de un delito consumado de robo con fuerza en las cosas efectuado en lugar no habitado, en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en relación con los artículos 432 del mismo cuerpo legal, perpetrado en la comuna de Providencia con fecha 20 de octubre del año 2023,, a una pena de 541 (quinientos cuarenta y un días) de presidio menor en su grado medio, y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que la pena impuesta se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo en que el sentenciado ha estado privado de libertad por esta causa, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total, entre el 21 de octubre de 2023 y el 27 de mayo de 2025, que entera un total de 584 (quinientos ochenta y cuatro)días de abono. III. Se exime a la sentenciada del pago de las costas. Cúmplase lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2301143666-8 RIT 6685 - 2023 Dictada por don LEONARDO VALDIVIESO LOBOS, Juez Titular del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Código: TSYDXVKKRHE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado

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Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este juzgado el Ministerio Público, representado por don (ña) Alejandra Godoy Ormazábal dedujo acusación verbal en JUAN ANDRÉS RUCAN DÍAZ, C.I. N° 15.257.643-9, domiciliado en Calle Juanita Nº 13940, La Pintana, a quien se atribuye participación de autor en un delito consumado de robo en lugar no h

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