Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio

FLAH C/ DANY NOGALES CELCE

Rol

O-165-2024

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que, se condena a don DANNY GABRIEL NOGALES SELTZER, cédula de identidad N°14.885.760-1, domiciliado en Avenida Las Américas, calle 4, casa N°2, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de un delito de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal., ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 17 de enero de 2024, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 Unidad Tributaria Mensual NO Por cumplida Observación:  Pena pecuniaria que se tiene por cumplida con los tres días que se mantuvo privado de libertad en esta causa. COSTAS NO SE CONDENA EN COSTAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL Artículos 11 N°6 del Código Penal. Código: MBFMXVELKNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl OTROS EFECTOS  Los intervinientes quedan personalmente notificados en este acto.  Las partes renuncian a los plazos y recursos legales.  Téngase por ejecutoriada la presente sentencia.  Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.  Regístrese y archívese en su oportunidad RUC N° 2400069131-K. RIT N° 165-2024. Dirigió la audiencia y resolvió don VICTOR HUGO SANHUEZA BRAVO, Juez (S) Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. En razón a que el Magistrado Víctor Sanhueza Bravo no se encuentra en funciones, firma la presente resolució

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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