Juzgado de Garantía de Castro

MP C/ NICOLÁS IGNACIO TORRES MARDONES

Rol

O-154-2025

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES, HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la carpeta investigativa.  Se tiene presente la renuncia en los plazos por ambos intervinientes y se tiene firme y ejecutoriada la presente sentencia.  Se autoriza giro de cheque por la suma de $800.000 en favor de la víctima Nery Johana Alvarado Güenumán, una vez certificado depósitos por Ministro de Fe del Tribunal.  Certifíquese por Ministro de Fe del Tribunal, en un plazo no superior a 72 horas, los abonos a las condenas por detención y medida cautelar de prisión preventiva para ser informados a Gendarmería de Chile.  Las sentenciadas KAREN SOLEDAD ALEGRÍA TORRES y MARÍA FERNANDA ALEGRÍA TORRES deberán presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Los Ángeles ubicado en calle Almagro N° 109 de Los Ángeles, el día 02 de junio de 2025, para dar inicio administrativo al cumplimiento de la pena sustitutiva, bajo apercibimientos legales en horario de 08:30 a 13:00 horas.  Ofíciese al Centro de Reinserción Social de Los Ángeles, a fin de tomar conocimiento de lo resuelto y realizar las respectivas coordinaciones con el encargado del control, informando al Juzgado de Garantía de Los Ángeles acerca de la presentación o incumplimientos de las sentenciadas.  Sirva la presente acta de suficiente y atento oficio remisor.  Ofíciese al Dirección Nacional de Control Penitenciario de Gendarmería de Chile, a fin de informar a este Tribunal, en un plazo no superior a 5 días, la factibilidad de traslado de los penados NICOLÁS IGNACIO TORRES MARDONES y CAMILA JAVIERA FERNANDA ERICES MORALES a las Unidades Penales de Angol o Villarrica y al penado MAICOL ENRIQUE DUBAL CEBALLOS CARO a las Unidades Penales de Mulchén o Villarrica para dar cumplimiento a las penas efectivas.  Ofíciese a Gendarmería de Puerto Montt a fin de establecer medidas de seguridad para resguardo de la integridad física respecto de los penados NICOLÁS IGNACIO Código: HXLXVENZJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado e

Fundamentos

considerando el domicilio de las penadas, y remite los antecedentes al Juzgado de Garantía de Los Ángeles para su conocimiento y control. RUC N° 2510003328-6 RIT N° 154 - 2025 Dictada por JESICA ANDREA YAÑEZ SANHUEZA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Castro. Código: HXLXVENZJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-28T11:08:44-0400

Fallo

se declara incompetente para conocer de la etapa de control de ejecución del cumplimiento de la pena sustitutiva, considerando el domicilio de las penadas, y remite los antecedentes al Juzgado de Garantía de Los Ángeles para su conocimiento y control. RUC N° 2510003328-6 RIT N° 154 - 2025 Dictada por JESICA ANDREA YAÑEZ SANHUEZA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Castro. Código: HXLXVENZJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-28T11:08:44-0400

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado. Fecha Castro, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco Magistrado JESICA ANDREA YAÑEZ SANHUEZA Fiscal CRISTIAN MENA ESPINOZA, en reemplazo de JAVIER CALISTO GARAI (Zoom) Defensa Particular NISHME FUENTEALBA MIRANDA (Zoom) Hora inicio 10:20 AM Hora termino 11:26 AM Sala Sala 1 (video conferencia) Tribunal Juzgado de Garantía de Castro. A

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