4º Juzgado de Letras de Copiapó

FENIX GOLD LIMITADA/

Rol

V-837-2021

Fecha

12 de noviembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Benjamín Pérez Arrieta, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 13.882.943-K, en representación de FENIX GOLD LIMITADA, Rut N° 76.041.586-3, sociedad chilena del giro minero, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura 2.939, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó con fecha 25 de mayo de 2021, la concesión de exploración denominada “MARICUNGA IV 71”, sobre una superficie de 300 hectáreas, cuyo punto medio se sitúa en la comuna de Copiapó, provincia de Copiapó, región de Atacama. SEGUNDO: Que tal pedimento se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, con fecha 08 de junio de 2021, a Fojas 2.726 N° 1.630, y se publicó el día 24 de junio de 2021, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.986. TERCERO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido Norte-Sur, por 1.000 metros Este-Oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas UTM: V1 7.020.000,00 metros Norte 483.000,00 metros Este V2 7.020.000,00 metros Norte 484.000,00 metros Este V3 7.017.000,00 metros Norte 484.000,00 metros Este V4 7.017.000,00 metros Norte 483.000,00 metros Este Y correspondiendo su punto medio a la intersección de la coordenada 7.018.500,00 metros Norte con la abscisa 483.500,00 metros Este. CUARTO: Que a folio 10, rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 6463 del 18 de octubre de 2021, informando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y que esta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. SEXTO: Que en folio 12, se ordenó traer los autos para fallo. Por estas cons

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto además con los artículos 1, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Declárese constituida la concesión de exploración “MARICUNGA IV 71”, Rol Nacional N° 03201-O972-9, en favor de FENIX GOLD LIMITADA, ya individualizada; y apruébese su plano. Publíquese esta sentencia y al efecto dese extracto. Inscríbase. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Patricio Eduardo Vergara Mora, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a doce de noviembre de dos mil veintiuno. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede.- avt Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-12T10:57:42-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-837-2021 CARATULADO : FENIX GOLD LIMITADA/ Copiapó, doce de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Benjamín Pérez Arrieta, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 13.882.943-K, en representación de FENIX GOLD LIMITADA, Rut N° 76.041.586-3, sociedad chilena del giro

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica