3º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO SANTANDER - CHILE/MUÑOZ

Rol

C-584-2021

Fecha

10 de noviembre de 2021

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 5 de abriló de 2021, comparece don Jorge Ch vez Lira, abogado, domiciliado ená Avenida Ossand n 60, Oficina 26, Edificio Ossand n, Coquimbo, enó ó calidad de mandatario judicial y en representaci n judicial de ó Banco Santander-Chile, sociedad an nima bancaria, representada legalmenteó por su Gerente General don Miguel Arturo Mata Huerta, ingeniero industrial, ambos domiciliados en calle Bandera N° 140, Santiago; deduciendo demanda ejecutiva en contra de do a ñ Ruth Ester Mu ozñ Zepeda, empleada, domiciliada en Avenida Ren Schneider Nº 2.031,é Departamento 1.104, Piso XI, Edificio II, Condominio Alto Hacienda, Coquimbo y/o Calle Pedro de Valdivia Nº310, Departamento 206, Torre II, Copiap .ó Funda su demanda en que por escritura p blica de fecha 26ú de Diciembre de 2019, otorgada en la Tercera Notar a de La Serenaí de do a Elena Leyton Carvajal, Repertorio Nº 6265 a o 2019, Bancoñ ñ Santander-Chile dio en pr stamo y entreg a la ejecutada la cantidadé ó de 2.880 Unidades de Fomento, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha de la escritura y de la que se dio por recibida a su entera satisfacci n la parte mutuaria, oblig ndose a pagarla,ó á conjuntamente con los intereses, en el plazo de 360 meses, a contar del Foja: 1 d a primero del mes siguiente a la fecha de la escritura, por medio deí igual n mero de dividendos o cuotas mensuales, vencidas y sucesivas,ú de UF 11,8338, con una tasa de inter s real, anual y vencida deé 2,80%. Explica que las cuotas mensuales incluyen, adem s de laá amortizaci n a capital e intereses, las primas correspondientes a losó seguros que la deudora se oblig a contratar en el mismo instrumentoó y que

Fundamentos

considerando que las cuotas son vencidas, la primera se deberá pagar el d a uno del mes subsiguiente al de la fecha de la escritura yí las restantes el primer d a de los meses siguientes, en dinero efectivo,í por la equivalencia en pesos moneda corriente de dicha unidad de reajustabilidad al d a de su pago efectivo.í A ade que eñ n caso de mora en el pago de una cualquiera de dichas cuotas o dividendos y sin perjuicio de las dem s acciones que leá correspondan o puedan corresponderle al Banco, la parte deudora deber por cada dividendo o cuota impaga, a contar del d a uno ená í que debi haberse pagado, un inter s penal igual al m ximoó é á convencional para la Ley permita estipular; y que se considerará vencido el plazo de la deuda y podr el Banco exigir el inmediatoá pago de la suma a que est reducida, entre otros casos, si se retarda elé pago de cualquier dividendo o cuota de capital y/o intereses m s deá diez d as.í Sostiene que es del caso que la parte deudora no ha pagado al Banco Santander Chile el dividendo n mero 09 con vencimiento elú 01 de octubre de 2.020 y los siguientes, encontr ndose la deudaá vencida, adeudando la cantidad de U.F. 2.838,7540 equivalentes al 01 de abril de 2.021 a $83.449.915 (ochenta y tres millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos quince pesos) por concepto de Foja: 1 capital, m s los intereses penales desde el 01 de octubre de 2.020 yá hasta su pago efectivo. Contin a se alando que el mutuo se encuentra ú ñ garantizado por hipoteca constituida en favor de Banco Santander Chile, sobre el inmueble inscrito a fojas 1.226 n mero 579 del Registro de Propiedadú del Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo correspondiente al a oí ñ 2.020; y que las partes fijaron domicilio en la comuna y ciudad de La Serena, prorrogando la competencia para ante sus los Tribunales de Justicia, sin perjuicio del domicilio que corresponda al lugar de residencia de la parte deudora, a elecci n del Banco.ó Concluye se alando que lñ as obligaciones son l quidas,í actualmente exigibles y la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a Ruth Ester Mu oz Zepeda, yañ ñ individualizada, admitirla a tramitaci n y ordenar se despacheó mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó U.F. 2.838,7540 (dos mil ochocientas treinta y ocho coma siete mil quinientas cuarenta Unidades de Fomento), equivalentes al 01 de abril de 2.021 a $83.449.915 (ochenta y tres millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos quince pesos), m s los intereses penales desdeá el 01 de octubre de 2.020 y hasta su pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de loó adeudado en capital e intereses, con costas. En lo principal de la presentaci n de fecha 30 de abriló de 2021, comparece don Mario Andr s Espinosa Valderrama, abogado,é en representaci n de do a Ruth Ester Mu oz Zepeda, parte ejecutadaó ñ ñ

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 1, 158, 160, 170, 341, 434, 438, 464, 471 del C digo deí ó Procedimiento Civil; y 1.698 del C digo Civil; se decide:ó I. Que se rechaza la objeci n documental planteada por eló ejecutado en el segundo otros de su presentaci n de fecha 30 de abrilí ó de 2021. II. Que se rechaza la excepci n del art culo 464 N° 7 deló í C digo de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado en lo principaló de su presentaci n de fecha 30 de abril de 2021.ó III. Que, en consecuencia, se ordena seguir adelante la ejecuci n en contra de ó do a Ruth Ester Mu oz Zepedañ ñ , hasta hacer entero pago al ejecutante de las sumas adeudadas. IV. Que se condena en costas a la ejecutada. Reg strese, an tese y notif quese a las partes.í ó í PRONUNCIADA POR DO A CECILIA ROJASÑ NOGEROL, JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, diez de Noviembre de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-10T11:02:46-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-584-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/MU OZÑ La Serena, diez de Noviembre de dos mil veintiuno VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 5 de abriló de 2021, comparece don Jorge Ch vez Lira, abogado, domiciliado ená Avenida Ossand n 60, Oficina 26, Edificio Ossand n, C

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica