2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FUENZALIDA/YANGUAS RENTA EQUIPOS LTDA

Rol

O-2346-2021

Fecha

5 de noviembre de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos concretos, sino que se utilizan argumentos subjetivos e imprecisos que no satisfacen la exigencia del art. 162 del Código del Trabajo, por lo que no es posible hacer una mejor defensa ante la imprecisión de los hechos imputados por lo que, conforme la jurisprudencia, lo deja en la más total y absoluta indefensión. Añade que las funciones que desempeñaba el demandante están siendo realizadas por otro trabajador. Por otra parte, alega que las demandas en esta causa constituyen una unidad económica por las siguientes razones: Respecto a Transportes Rioja Ltda. Rut: 77.124.610-9. a. En el año 1998 se constituye la empresa Transportes Rioja Ltda. cuyos socios fundadores fueron el matrimonio constituido por doña Joaquina Martin Hidalgo y don Jaime Felipe Yanguas García, con una conformación societaria igual para ambos socios equivalente al 50% de la sociedad para cada uno. b. La constitución de sociedad se encuentra inscrita a fojas 2708 N° 2146 del año 1998 del registro de comercio de Santiago. c. El giro de la sociedad consiste en "transporte de pasajeros, principalmente área turística, por cuenta propia o de terceros, proporcionar los servicios a fines dentro del mismo rubro, sus derivados complementarios y anexos, también actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior" d. En el año 2014 se decide aumentar el capital de la sociedad, producto de dicha modificación ingresan como nuevos socios los hijos del matrimonio fundador, a saber, Jaime Fernando, María del Carmen y María de Los Ángeles, todos de apellidos Yanguas Martin. La composición societaria queda distribuida de la siguiente manera: Joaquina Martin (madre) 45%, Jaime Felipe Yanguas (padre) 5%, Jaime Fernando Yanguas (hijo) 20%, María del Carmen Yanguas (hija) 20%, María de Los Ángeles Yanguas (hija) 10%. e. Al momento de constituirse la sociedad las partes señalan como su domicilio el de Compañía N°4551, Quinta Normal. Respecto a Transportes Transibérica Ltda. Rut: 78.973.230-2.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció SALVADOR ENRIQUE FUENZALIDA MARTINEZ, Chileno, casado, cédula nacional de identidad número 4.751.653-6, conductor, con domicilio en Los Claveles N° 3241, Puente Alto, quien dedujo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de 1.- TRANSPORTES TRANSIBERICA LIMITADA, del giro de su denominación, representada por don Jaime Femando Yanguas Martin, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Compañía N°4551 y/o calle Catedral 4536, QUINTA NORMAL, R.M.; 2.- TRANSPORTES RIOJA LIMITADA, del giro de su denominación, representada por don Jaime Fernando Yanguas Martin, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Compañía N°4551 y/o calle Catedral 4536, QUINTA NORMAL, R.M.; y 3.- YANGUAS RENTA EQUIPOS LIMITADA, empresa del giro de su denominación, representada por don Jaime Fernando Yanguas Martin, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Compañía N°4551 y/o calle Catedral 4536, QUINTA NORMAL, R.M. Demanda a las empresas antes indicadas para que respondan solidariainente de las prestaciones reclamadas y ejerciendo las siguientes acciones: 1) Acción por despido injustificado, indebido o improcedente del artículo 168 del Código del Trabajo; 2) Declaración de Unidad Económica del art. 3o del CT; 3) Acción de subterfugio del art. 507 del CT y, 4) Cobro de prestaciones laborales adeudadas. Señala que ingresó a prestar servicios para la demanda de autos con fecha 02 de diciembre del año 1990, para desempeñar las labores de conductor de buses, minibús y automóvil de pasajero, con una jornada de seis días de trabajo por uno de descanso, es decir, de lunes a sábado, e incluso terminando algunos turnos de sábado en días domingo, con turnos que podían variar semanalmente dependiendo de los requerimientos del empleador. Agrega que para efectos del artículo 172 Código del Trabajo su remuneración ascendió a $1.138.808. Agrega que con fecha 01 de abril del año 2020 comenzó su goce de vacaciones (habiendo trabajado el mes de Marzo completo), debiendo hacer re ingreso a sus funciones el día 15 de mayo, pero debido a la situación actual del covid-19 más el comunicado presidencial de confinamiento para personas mayores a 75 años, es que la empresa decide no realizar su re incorporación al lugar de trabajo. A pesar de comunicarse en reiteradas ocasiones con recursos humanos y consultando donde debía presentarse, solo obtuvo como respuesta "lo estamos revisando, pero si no trabajas no ganas". Es hasta el día 26 de Mayo que lo llaman telefónicamente para decirle que estaba despedido y que se le pagaría el mes como si hubiese trabajado, dado que le están notificando con 30 días de anticipación, (lo que no era efectivo) a lo cual le pagan solo por el sueldo base (mínimo) sin más argumentar nada, por lo que dejó constancia inmediatamente en la inspección del trabajo de dicho suceso, el cual queda registrado en el folio: oficina 2000, año 2020, correlativo 17222. Refiere que la carta de despi

Fallo

se decide aumentar el capital de la sociedad, producto de dicha modificación ingresan como nuevos socios los hijos del matrimonio fundador, a saber, Jaime Fernando, María del Carmen y María de Los Ángeles, todos de apellidos Yanguas Martin. La composición societaria queda distribuida de la siguiente manera: Joaquina Martin (madre) 45%, Jaime Felipe Yanguas (padre) 5%, Jaime Fernando Yanguas (hijo) 20%, María del Carmen Yanguas (hija) 20%, María de Los Ángeles Yanguas (hija) 10%. e. Al momento de constituirse la sociedad las partes señalan como su domicilio el de Compañía N°4551, Quinta Normal. Respecto a Transportes Transibérica Ltda. Rut: 78.973.230-2. a. En el año 1997 se constituye la empresa Transportes Transibérica Ltda., cuyos socios fundadores fueron el matrimonio y sus tres hijos la composición societaria queda distribuida de la siguiente manera: Joaquina Martin (madre) 20%, Jaime Felipe Yanguas (padre) 20%, Jaime Fernando Yanguas (hijo) 20%, María del Carmen Yanguas (hija) 20%, María de Los Ángeles Yanguas (hija) 20%. b. La constitución de sociedad se encuentra inscrita a fojas 5623 N° 4421 del año 1997 del registro de comercio de Santiago. c. El giro de la sociedad consiste en "transporte de pasajeros en general, incluso del área turística, por cuenta propia o de terceros, proporcionar los servicios a fines dentro del mismo rubro, sus derivados complementarios y anexos, también actividades relacionadas directa o indirectamente con lo anterior" d. En el año 2007

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció SALVADOR ENRIQUE FUENZALIDA MARTINEZ, Chileno, casado, cédula nacional de identidad número 4.751.653-6, conductor, con domicilio en Los Claveles N° 3241, Puente Alto, quien dedujo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de 1.- TRANSPORTES TRANSIBERICA LIMITADA, del giro de su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica