Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama

MP C/ MICHAEL ALEXANDER ÓRDENES CORTÉS

Rol

O-118-2025

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos configuran el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en grado de consumado, atribuyéndoles a los acusados la calidad de autores, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. En consecuencia, pidió que se aplique a los acusados la pena de 541 días de presidio menor en grado medio y multa de 10 UTM, accesorias legales y costas del juicio. TERCERO: Que, en su alegato de apertura, el fiscal solicitó que al término del juicio se dictara un veredicto condenatorio, ya que con la prueba de cargo se logrará acreditar la existencia del delito objeto de la acusación y la participación de los encartados. La defensa de los acusados expuso que será de carácter colaborativa para configurar la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y pedir en la etapa procesal correspondiente una pena condigna. CUARTO: Que el acusado Michael Alexander Órdenes Cortés renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración en la audiencia. Aseveró que cuando los detuvieron ese día, tenían la droga. Cuando pasaron las personas que los conocían, no les ofrecieron la droga. El auto estaba solo estacionado y apagado. La tercera Código: XXCJXUXRLFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 persona que ingresó a la casa fue a buscar su carnet y no sabe qué pasó con él. Al defensor respondió que los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2024 en la calle Calama, en Toconao, ubicado al interior de San Pedro de Atacama, a unos 30 kilómetros. Estaban en un vehículo blanco, propiedad de su compañero Daniel. En el interior había tres personas y tenían tusi, 19 bolsas de tusi y otras bolsas vacías. También había marihuana. Él consume tusi y dejó la marihuana. Tiene 21 años. Estaba en el asiento del copiloto y Daniel en el asiento del conductor. La droga la compraron en Calama al por mayor porque les sale más ba

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrada por los jueces Carlos Salazar Valenzuela, quien presidió la audiencia, junto a Christopher Fernández De la Cuadra y Héctor Espinoza Reyes, el día quince de mayo del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio en la causa rol interno 118-2025, seguida en contra de los acusados MICHAEL ALEXANDER ÓRDENES CORTÉS, cédula de identidad N° 21.409.154-2, chileno, soltero, nacido en Calama el 23 de septiembre de 2003, 21 años, trabajador dependiente, domiciliado en José Miguel Carrera 281 Toconao, a quien se le autorizó como forma especial de notificación conforme al artículo 31 del Código Procesal Penal, en la casilla de correo electrónico maikolordenes27@gmail.com ; y DANIEL SERAFÍN CATUR CATUR, cédula de identidad N° 18.884.959-8, chileno, nacido en Toconao el 1 de septiembre de 1994, 30 años, soltero, trabajador dependiente, con domicilio en calle Calama 229 Toconao, a quien se le autorizó como forma especial de notificación conforme al artículo 31 del Código Procesal Penal, en la casilla de correo electrónico caturd.843@gmail.com. El Ministerio Público actuó representado por el fiscal Cristián Aliaga Ayarza, mientras que la defensa de ambos acusados estuvo a cargo del defensor penal público Hernán Díaz Verdugo. Código: XXCJXUXRLFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 SEGUNDO: Que la acusación se funda en los siguientes hechos, según se lee en el auto de apertura: “El día 01 de abril de 2024, en horario cercano a las 22:55 horas, en la esquina de calles Esmeralda con Calama del poblado de TOCONAO, funcionarios de Carabineros efectuaban patrullajes, acercándose en un momento, cuando circulaban por el camino Internacional dos ciudadanos con ropa de mineros, quienes manifestaron que en la esquina de calle Esmeralda y Calama, se encontraba estacionado un vehículo color blanco , sin placa patente única trasera con sujetos en el interior quienes al pasar habrían ofrecido por el valor de $15.000 una bolsa de “Tusi” , concurriendo carabineros al lugar, encontrando el vehículo el que inicia su marcha, deteniéndose metros hacia adelante, descendiendo un ocupante que se da a la fuga, efectuándose un control a los ocupantes que quedaron a bordo, quienes resultaron ser los acusados, Daniel Catur Catur, conductor quien no portaba licencia de conductor; y su acompañante Michael Ordenes Cortes, quien mantenía en un morral 19 bolsas plásticas transparentes contenedoras de sustancias sintéticas de diferentes colores similares a la Ketamina y peso total de 21 gramos y 11 pequeñas bolsas del mismo formato vacías; además de otra bolsa del mismo tipo contenedora de sustancia vegetal color verde, con un fuerte olor y de similares características a la marihuana con un peso de 12,76 gramos , por lo que siendo las 23:55 horas se procedió a la detención.” (sic) Código: XXCJXUXRLFT Este documento tie

Fallo

Por tanto y en virtud a los antecedentes recopilados mediante las distintas técnicas y metodologías descritas anteriormente, ya sean psicosociales y criminógenas, se concluye que el señor DANIEL SERAFIN CATUR CATUR, posee algunos elementos psicosociales para adherirse y beneficiarse de una Pena Sustitutiva, contempladas en la Ley 20.603.” Asimismo, la defensa, allegó informe de Michael Órdenes Cortés, en el que se concluye: “En el ámbito social contemplando el proceso evolutivo del sindicado se observa que las áreas que requieren intervención son las que a continuación se describen: Pares, se aprecia una baja problematización de las relaciones que establece por ello es imperante abordar el balance decisional respecto de ello, así como también potenciar relaciones saludables que le permitan actuar como factor protector en este ámbito; Actitud/orientación procriminal, se aprecian distorsiones cognitivas que requieren de abordaje especifico a fin de modificar pensamientos, creencias y valoraciones con la finalidad de que logre efectuar un adecuado análisis evaluativo de la conducta desplegada, disminuyendo con esto el riesgo de Código: XXCJXUXRLFT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20 reincidencia e instando al proceso de reinserción social. A su vez, en las áreas no criminógenas, no se aprecian necesidades que requieran de intervención especializada en este ámbito. Respecto a la adherencia, el imputado se encuen

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1 Calama, a veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrada por los jueces Carlos Salazar Valenzuela, quien presidió la audiencia, junto a Christopher Fernández De la Cuadra y Héctor Espinoza Reyes, el día quince de mayo del año en curso, se llevó a efecto la audiencia de juicio en la

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