1º Juzgado de Letras de Arica

BESELER/

Rol

V-216-2021

Fecha

9 de noviembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 20 de julio de 2021, don JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, chileno, casado, abogado, domiciliado en calle Huérfanos 1160 oficina 611, Santiago, refiere que en terrenos abiertos e incultos de la Comuna de Camarones, Provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota, encontró sustancias concesibles, por lo que solicita un pedimento que denominará “CHINCHORRO 23”. Agrega que, el punto medio de la cara superior de la concesión que solicita, está definido por las coordenadas UTM: Norte 7.908.500,00 metros y Este 437.500,00 metros referidas al Datum La Canoa de 1956 Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19. El solicitante menciona que dichas coordenadas, corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo, cuyos lados de orientación Norte - Sur miden 3.000 metros y los lados de orientación Este - Oeste miden 1.000 metros, conteniendo una superficie de 300 Hectáreas. Previas citas legales, solicita se acoja su solicitud de folio 1; se disponga su inscripción y publicación, y a la vez, se ordene al señor Secretario que le otorgue copia autorizada del pedimento y certificado del día y hora de su presentación, como así también, de la resolución que ordena inscribir y publicar, según lo dispuesto en el artículo 50 del Código de Minería. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió el 26 de julio de 2021, a fojas 1909 y siguientes, bajo el Nº 866, del año 2021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó el 12 de agosto de 2021, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que el 05 de noviembre de 2021, mediante ordinario N° 1131 el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes, y que la forma dimensión y orientación de la cara superior del pedimento se ajustan a la ley y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “CHINCHORRO 23”, son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.908.500,00 437.500,00 V1 7.910.000,00 437.000,00 V2 7.910.000,00 438.000,00 V3 7.907.000,00 438.000,00 V4 7.907.000,00 437.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedimento, patente proporcional y se ha cumplido con la presentación de los demás antecedentes exigidos por el artículo 55 del Código de Minería. Y visto además lo dispuesto en los artículos 43, 48, 55 y 87 del Código de Minería,

Fallo

SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “CHINCHORRO 23”, con una superficie total de 300 hectáreas en favor de JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, peticionario de autos, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese, y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se apelare. Rol Nº V-216-2021 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. En Arica, a nueve de Noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-11-09T11:54:26-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-216-2021 CARATULADO : BESELER/ Arica, nueve de Noviembre de dos mil veintiuno VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 20 de julio de 2021, don JORGE CARLOS BESELER VALDIVIA, chileno, casado, abogado, domiciliado en calle Huérfanos 1160 oficina 611, Santiago, refiere que en terrenos abiertos e incult

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