TORRES/BANCO FALABELLA
Rol
C-7251-2021
Fecha
9 de noviembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A fojas 1, comparece Mat as Andr Quinteros Toledo, abogado, ení é representaci n de Catalina Natachia Torres Olivares, dependiente, ambos domiciliadosó para estos efectos en calle Hu rfanos N 1022, oficina 408 y 409, comuna de Santiago eé ° interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva en contra de Bancoó Falabella S.A., representada legalmente por Gast n Bottazzini Brunelos, ambosó domiciliados en calle Moneda N 970, piso 7, comuna de Santiago, a objeto que se° declare la prescripci n extintiva de las obligaciones emanada del ó pagar N 23-599-é ° 000960-9., suscrito con fecha 26 de marzo de 2014. Funda su acci n se alando que, la demandada de autos, dedujo demanda enó ñ juicio ejecutivo por cobro del pagar N 23-599-000960-9., suscrito con fecha 26 deé ° marzo de 2014., por el monto de $13.324.009., ante el 10 Juzgado Civil de Santiago en° causa C-14659-2015, caratulada Banco Falabella con Torres . A ade que el capital m s“ ” ñ á los intereses adeudados se pagar an en 72 cuotas mensuales y sucesivas de $355.585,í salvo la ltima que ser a de $355.484, venciendo la primera de ellas el d a 7 de mayo deú í í 2014 y la ltima, el d a 7 de abril de 2020, pact ndose que el simple retardo y/o moraú í á en el pago ntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas en la poca pactadaí é para ello, facultar a a Banco Falabella para exigir, sin m s tr mites, el pago total de laí á á deuda. Indica que el incumplimiento imputado a su representado correspond a a la cuotaí N 4 de fecha 08 de septiembre de 2014, se alando que se debe la totalidad de la° ñ obligaci n correspondiente a la suma de $12.583.786, a Banco Falabella toda vez queó no se pag a su vencimiento. ó Expresa que la demanda ejecutiva ha sido notificada con fecha 25 de septiembre de 2015 para luego mantenerse inactiva hasta julio de 2021, solicit ndose, a ra z deá í dicha inactivad el abandonado el procedimiento, incidente que fue acogido por el precitado Tribunal en fallo de 26 de juli
Fallo
fallo de 26 de julio de 2021, la cual figura firme y ejecutoriada. Manifiesta que el acreedor Banco Falabella hizo efectiva la cl usula deá aceleraci n al momento de ingresar la demanda al 10 Juzgado de Letras en lo Civil deó º C-7251-2021 Foja: 1 Santiago con fecha de 19 de junio de 2015, en la causa Rol C-14659-2015 y al imputar el incumplimiento, a partir de la cuota N 4, de fecha 8 de septiembre de 2014, cuyoº capital insoluto asciende a la suma de $12.583.786. En este sentido, narra que el vencimiento y la exigibilidad anticipada del cr dito,é dados los t rminos en que se encuentra redactada la cl usula de aceleraci n se produjoé á ó con la presentaci n de la demanda, es decir, con fecha 19 de junio de 2015. Noó obstante, se ala que si se estimara que por el contrario, la cl usula es de car cterñ á á imperativa, el vencimiento y la exigibilidad anticipada de la totalidad del cr dito seé habr an producido mucho antes de la interposici n de la demanda, es decir y seg n loí ó ú expresado por Banco Falabella en su libelo, con el simple retardo del deudor del pagaré que data desde el 8 de septiembre de 2014. Por consiguiente, relata que han transcurrido m s de 5 a os desde que se hizoá ñ efectiva la cl usula de aceleraci n al interponer la demanda el acreedor, por lo que todasá ó las acciones emanadas del t tulo ejecutivo y el mutuo de dinero se encuentran prescritas,í esto es, tanto las acciones ejecutivas como acciones ordinarias. Previas citas legales, solicita se teng
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C-7251-2021 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7251-2021 CARATULADO : TORRES/BANCO FALABELLA Santiago, nueve de Noviembre de dos mil veintiuno VISTOS: A fojas 1, comparece Mat as Andr Quinteros Toledo, abogado, ení é representaci n de Catalina Natachia Torres Olivares, dependiente, ambos domiciliadosó para estos efectos en ca
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