OJEDA CON SERVICIOS INTEGRALES DE COBRANZA Y CORRESPONDENCIA LTDA.
Rol
M-2409-2022
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS - · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA - · DESISTIMIENTO PARCIAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X CONSTANCIA Se deja constancia que la demandada en proceso de liquidación Servicios Integrales de Cobranza y Correspondencia Ltda., no comparece a la audiencia única, pese a encontrarse válidamente notificada. La funcionaria de acta envió tres correos electrónicos a las 10:26, 10:31 y 10:34 horas, respectivamente, a la casilla lried@riedycamus.cl, correspondiente a la abogada y liquidadora de la demandada, doña María Loreto Ried Undurraga, para instarla a comparecer a la audiencia, pero no hubo respuesta. RELACIÓN DE LOS HECHOS. Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN. Llamadas las partes a conciliación, no se produce, atendida la incomparecencia de la parte demandada. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de un vínculo laboral entre las partes, fecha de inicio y término de los servicios, labores desempeñadas, remuneración pactada. 2. Si fue despedido y, en tal caso, si concurrieron los hechos señalados en la misiva de desvinculación. 3. Si hubo pago de las indemnizaciones legales y si se pagaron las prestaciones que se cobran. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Comprobante de carta de aviso de despido, emitido con fecha 08 de julio de 2022, con fecha de despido 30 de junio de 2022. 2. Contrato de trabajo de fecha 12 de marzo de 2019 y Anexo de contrato de trabajo de fecha 27 de marzo de 2020. 3. Tres últimas liquidaciones de remuneraciones con 30 días trabajados, esto es los meses de marzo, abril y mayo. 4. Acta de comparendo de conciliación ante la Dirección del Trabajo, de fecha 11 de agosto de 2022 El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. DESISTIMIENTO La parte demandante se desiste de
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Individualización de las partes. Que comparece José Ángel Ojeda Pérez, venezolano, cédula de identidad 26.506.459-0, con domicilio en Av. Providencia 1100, departamento 803 C, comuna de Providencia, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de Servicios Integrales de Cobranza y Correspondencia Ltda., en procedimiento concursal de liquidación, RUT 78.574.270-2, del giro de su denominación, representada actualmente por su liquidadora María Loreto Ried Undurraga, cédula de identidad 11.472.416-5, ambos domiciliados para estos efectos en Monseñor Sótero Sanz 100, oficina 205, Providencia, Santiago.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 161, 162, 168, 63, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, especialmente, lo dispuesto en el artículo 454 N° 1 y 163 del Código del Trabajo, además del 1698 del Código Civil, se declara: Se acoge la demanda interpuesta por José Ángel Ojeda Pérez, RUT 26.506.459-0, en contra de Servicios Integrales de Cobranza y Correspondencia Ltda., en actual liquidación concursal, RUT 78.574.270-2, representada por María Loreto Ried Undurraga, RUT 11.472.416-5, ambos domiciliados en Monseñor Sótero Sanz 100, oficina 205, Providencia, y se declara que el vínculo habido entre las partes entre el 12 de marzo de 2019 y el 30 de junio de 2022 concluyó en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, cuya aplicación es injustificada, y se condena a la demandada a pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo, por el monto de $570.994.- b) Indemnización por años de servicio (3 años), por $1.712.982.- c) Recargo legal del 30%, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, por $513.894.- d) Remuneración correspondiente a 30 días de junio de 2022 por $570.994.- Las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. Se condena en costas a la demandada, las que se regulan e
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA Procedimiento Monitorio (Audiencia remota) FECHA 03/11/2022, Santiago RUC 22-4-0429387-0 RIT M-2409-2022 CARATULADO OJEDA CON SERVICIOS INTEGRALES DE COBRANZA Y CORRESPONDENCIA LTDA. MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANIELA ÁVILA PÉREZ HORA DE INICIO 10:43 HORA DE TERMINO 11:00 SALA
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