C/ DANIELA ANDREA VILCHES GUAJARDO
Rol
O-15476-2020
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 21 de agosto de 2020, alrededor de las 14:00 horas, la acusada DANIELA ANDREA VILCHES GUAJARDO concurrió hasta el establecimiento comercial ubicado en calle Agustinas N° 695, comuna de Santiago, de nombre “Optilentes” lugar en el cual sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, especies de propiedad del referido establecimiento comercial, específicamente sustrajo un par de lentes de la marca GIORGIO ARMANI y tres PARES DE LENTES MARCA CAROLINA HERRERA, avaluados en la suma de 800 mil pesos, para luego huir del lugar con la especies sustraídas, siendo posteriormente detenida. SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATAN GAMALIER CORDERO MANZANARES , ya individualizado, a la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE 1/3 DE UTM la que se dará por pagada por un día de apremio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el 446 Nº2 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 21 de agosto de 2020, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de UN AÑO, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en calle Santo Domingo N° 1382, comuna de Santiago, a más tardar al décimo día para su ingreso administrativo, desde que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia. Código: RRMPXUWLZDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva, sin abonos que computar. IV.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATAN GAMALIER CORDERO MANZANARES , ya individualizado, a la pena de 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE 1/3 DE UTM la que se dará por pagada por un día de apremio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el 446 Nº2 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 21 de agosto de 2020, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de UN AÑO, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado en calle Santo Domingo N° 1382, comuna de Santiago, a más tardar al décimo día para su ingreso administrativo, desde que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia. Código: RRMPXUWLZDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva, sin abonos que computar. IV.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto
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PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago., veintidós de mayo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA RUC: 2000857970-K RIT: 15476 - 2020 IMPUTADO: DANIELA ANDREA VILCHES GUAJARDO C.I. 0017700103-1 DELITO HURTO SIMPLE ARTICULO 446 Nº2 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES 11 N°6 y 1
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