Juzgado de Garantía de Calama

MANUEL NICOLAS ALMUNA REYES C/ ALEJANDRO EMILIO ARAYA FLORES

Rol

O-154-2025

Fecha

23 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 15 de diciembre del año 2023, a eso de las 22:30 horas aproximadamente, la victima Ronal Yorel Cruz Ángel, se encontraba en el automóvil P.P.U. LVTJ-70, estacionado al exterior de su domicilio ubicado en México N°2863, de esta comuna en dirección de norte a sur. En dicho contexto, el requerido antes individualizado quien conducía el vehículo PPU., LKZS-61, lo colisionó por la parte trasera, intentando darse a la fuga posteriormente, llegando hasta calle Venezuela N°2864 de esta comuna, donde la víctima le dio alcance. Al llegar Carabineros al lugar, se procedió a la fiscalización del requerido, quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, contando con el rostro congestionado, fuerte hálito alcohólico, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar, siendo trasladado al Hospital Carlos Cisternas para realizar la alcoholemia correspondiente, resultando con grado clínico “2”, lo que fue corroborado por el informe de alcoholemia N°4820/2023 arrojó un resultado de 1.68 gramos de alcohol en litro de sangre. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, veintidós de mayo de dos mil veinticinco Y de conformidad con lo previsto en el artículo 195 y 196 en relación con el artículo 110 y 111 de la ley 18.290, en relación con los artículos 1, 11 N°6, 14, 15 N°1, 30, 49, 70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 1, 4 y 38 de la Ley 18.216; se declara: Código: SVYZXUQNDKS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que, se condena a ALEJANDRO EMILIO ARAYA FLORES, cédula de identidad N°0010934553-9, ya individualizado, a la pena de 41 días de PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, Pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; y, la pena de UNA unidad Tributaria Mensual y susp

Fallo

se declara: Código: SVYZXUQNDKS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que, se condena a ALEJANDRO EMILIO ARAYA FLORES, cédula de identidad N°0010934553-9, ya individualizado, a la pena de 41 días de PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de 02 unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, Pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena; y, la pena de UNA unidad Tributaria Mensual y suspensión Licencia de Conducir por UN MES; respectivamente, por su responsabilidad a título de autor de los delitos de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Y HUIR DEL LUGAR SIN DAR AVISO A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en al artículo 195 y 196 en relación al artículo 110 y 111 de la ley 18.290, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 15 de diciembre de 2023. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo mínimo establecido en la Ley, esto es, un año debiendo para tales efectos presentarse ante el Centro de Reinserción Social de El Loa Calama el día 09 de junio de 2025, si no se presenta la pena sustitutiva le será revocada, sin días de abono a considerar. III. Que, para el pago de la multa impuesta se le conceden 06 parcialidades de 1/2 Unidad Tributaria Mensual cada una, debiendo cancelar la primera los primeros cinco días

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 154 - 2025 RUC : 2301394385-0 FECHA : veintidós de mayo de dos mil veinticinco HORA INICIO : 09:54 hrs. HORA TÉRMINO : 10:00hrs. DELITO : CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS Y HUIR DEL LUGAR SIN DAR AVISO A LA AUTORIDAD JUEZ : MARIANA MILENG CHIANG MUÑOZ FISCAL : GABRIEL ZEPEDA CASTILLO DEFENSOR : ÁLVARO DAVID

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