Juzgado de Garantía de Chillán

MP C/ FREDDY ALEJANDRO CORREA HERMOSILLA

Rol

O-6828-2022

Fecha

22 de mayo de 2025

Materia

INCENDIO C/PELIGRO PARA LAS PERSONAS ARTS.475 Y 476 N01 Y 2

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS Que en la comuna de Coihueco, el día 25 de diciembre de 2022, alrededor de las 04:30 horas de la madrugada, al costado del camino Esperanza, ubicado en el sector Coleal Central, Tanilvoro, de la referida comuna, el acusado Freddy Correa Hermosilla procedió a prender fuego e incendiar pastizales, árboles y arbustos que se encontraban a ambos costados del camino, iniciando dolosamente 4 focos de incendio en dicho sector, quemando una superficie total aproximada de 217 metros cuadrados, fundamentalmente de pastizales, afectando además algunos árboles, arbustos y postes de cierros medianeros. PARTICIPACIÓN AutorDELITO INCENDIO GRADO EJECUCIÓN Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N° 6 y 9 del C.P. AGRAVANTES No concurren S E N T E N C I A Sin Costas X Sin CostasCondenatoria X Con Costas Absolutoria Con Costas PENA CORPORAL IMPUESTA CUANTÍA 3 Años 1 Días Presidio menor en grado máximo FORMA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL PENA SUSTITUTIVA Libertad Vigilada Intensiva 3 AÑOS y 1 DÍA CRS. CHILLÁN - EL TRIBUNAL deja constancia que el condenado, deberá presentarse dentro de quinto día ejecutoriado el presente fallo, en el CENTRO DE REINSERCION SOCIAL que corresponda, a fin de que dicho centro elabore el plan de intervención individual el que deberá ser remitido a esta Magistratura dentro de los próximos 45 días de ejecutoriada esta sentencia. Código: XKKBXUHDEXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán -  Av. Ecuador #1167, Chillán -  (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl PENA ACCESORIA - art. 17 de la Ley N° 18.216, con las letras a), b) y c) - art. 17 ter letra d), esto es, cumplir con programas formativos, laborales, culturales, de educación o de tratamiento de drogas que imparta del

Fundamentos

fundamentos expuestos en audiencia y lo previsto en el art. 458 del Código Procesal Penal,

Fallo

SE RESUELVE: NO ACCEDER a la petición de la Defensa. PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS Que en la comuna de Coihueco, el día 25 de diciembre de 2022, alrededor de las 04:30 horas de la madrugada, al costado del camino Esperanza, ubicado en el sector Coleal Central, Tanilvoro, de la referida comuna, el acusado Freddy Correa Hermosilla procedió a prender fuego e incendiar pastizales, árboles y arbustos que se encontraban a ambos costados del camino, iniciando dolosamente 4 focos de incendio en dicho sector, quemando una superficie total aproximada de 217 metros cuadrados, fundamentalmente de pastizales, afectando además algunos árboles, arbustos y postes de cierros medianeros. PARTICIPACIÓN AutorDELITO INCENDIO GRADO EJECUCIÓN Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N° 6 y 9 del C.P. AGRAVANTES No concurren S E N T E N C I A Sin Costas X Sin CostasCondenatoria X Con Costas Absolutoria Con Costas PENA CORPORAL IMPUESTA CUANTÍA 3 Años 1 Días Presidio menor en grado máximo FORMA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL PENA SUSTITUTIVA Libertad Vigilada Intensiva 3 AÑOS y 1 DÍA CRS. CHILLÁN - EL TRIBUNAL deja constancia que el condenado, deberá presentarse dentro de quinto día ejecutoriado el presente fallo, en el CENTRO DE REINSERCION SOCIAL que corresponda, a fin de que dicho centro elabore el plan de intervención individual el que deberá ser remitido a esta Magistratura dentro de los próximos 45 días de ejecutoriada esta sentencia. Código: XKKBX

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________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán -  Av. Ecuador #1167, Chillán -  (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Fecha Chillán, veintidós de mayo de dos mil veinticinco Ruc N° 2201294978-6 Rit N° 6828 - 2022 Magistrado: MANUEL ALEJANDRO VILCHES MEZ

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