4º Juzgado Civil de San Miguel

VERARDI/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA

Rol

C-3095-2021

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece do a Laura Pamela Verardi Santib ez, chilena,ñ áñ divorciada, empleada, c dula nacional de identidad N° 12.268.721-k, domiciliadaé en Plaza Castelar N°01190, departamento 52, Comuna de La Cisterna, Regi nó Metropolitana, quien interpone demanda de prescripci n extintiva en juicioó ordinario de menor cuant a, en contra de la Ilustre Municipalidad deí La Cisterna, persona jur dica de derecho p blico del giro de su denominaci n,í ú ó R.U.T. 69.072.000-0 representada legalmente por su alcalde don Joel Andr s Olmosé Espinoza, ingeniero civil industrial, c dula nacional de identidad N°15.454.284-1,é ambos domiciliados en calle Pedro Aguirre Cerda N° 0161, Comuna de La Cisterna, Regi n Metropolitana.ó Se ala es que due a del inmueble ubicado en Plaza Castelar N°01190,ñ ñ departamento 52, Comuna de La Cisterna, Regi n Metropolitana, ó Rol de Aval oú N°3228-357. Indica, que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustreó ó Municipalidad de La Cisterna le ha emitido un informe de deuda de Derechos de Aseo del inmueble, el cual habita, que incluye las cuotas por concepto de derechos de aseo municipal desde el 30 de abril de 2016, hasta 30 de junio de 2016. Funda su demanda en los art culos í 2497, 2514, 2515 inciso 1° del C digo Civil, se alando que, la presente acci n es procedente toda vez queó ñ ó busca obtener que el tribunal declare la concurrencia del instituto jur dico de laí prescripci n respecto de los Derechos de Aseos Municipales, por no haberseó ejercido tales acciones de forma oportuna por la Municipalidad. Y, adem s, porqueá las normas de prescripci n se aplican de forma general, ya sea a favor o en contraó de las municipalidades, tal como expresa el art culo 2497 del C digo Civil.í ó C-3095-2021 Foja: 1 Indica, que respecto de los derechos de Aseo Municipal, individualizados, es posible se alar que cada uno de estos se han tornado exigibles desde la fecha deñ su respectivo vencimiento, lo cual comprende desde el 30 de abri

Fundamentos

considerando la poca a partir de la cual la municipalidad deé La Cisterna se encontraba facultada para proceder al ejercicio de tales derechos, por lo que concurre el primer requisito de la prescripci n, esto es, el transcurso deó cinco a os desde que la acci n o derecho es exigible.ñ ó A ade, que el art culo 2518 establece el otro requisito de la prescripci nñ í ó extintiva ordinaria de derechos ajenos, esto es, que no haya sido interrumpida natural, ni civilmente durante el t rmino de los cinco a os. En tal sentido, resultaé ñ adecuado afirmar que en el presente caso no ha existido reconocimiento expreso o t cito respecto de la deuda, ni tampoco se ha interpuesto demanda judicial queá tenga por objeto obtener el pago de los derechos de aseos que se discuten en el caso. Agrega, que se han cumplido cabalmente las condiciones que exige la ley para que opere la prescripci n como forma de extinguir los derechos y accionesó ajenas, es decir, el transcurso ininterrumpido del plazo de 5 a os desde que estosñ se han tornado exigibles. Manifiesta, que la cuant a de lo disputado asciende a la suma de $í 85.660.- (ochenta y cinco mil seiscientos sesenta pesos), por lo que solicita que el juicio se tramite bajo las reglas del juicio ordinario de menor cuant a del art culo 698 yí í siguientes del C digo de Procedimiento Civil.ó Finalmente, solicita tener por interpuesta en Procedimiento Ordinario de M nima Cuant a, demanda de prescripci n ordinaria de la acci n de cobro de losí í ó ó Derechos de Aseo Municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, representada por su Alcalde don Joel Andr s Olmos Espinoza, por las acciones deé cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes al periodo que va desde el 30 de abril de 2016, hasta 30 de junio de 2016., que asciende a la suma de $85.660.- (ochenta y cinco mil seiscientos sesenta pesos), y en definitiva declarar prescrita la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, con expresaó condena en costas para el caso de oposici n.ó A folio 5, se dio curso a la demanda. A folio 11, comparece do añ Tania Quezada Z iga, en representaci n de laúñ ó demandada, quien se notifica expresamente de la demanda, confiere poder a do añ Carolina Cabrera Vargas, do a ñ Teresita Troncoso Arellano, don Gast n Abarcaó Mart nezí y don Augusto Cavallari Perr ní , y contesta la demanda interpuesta por do a Laura Pamela Verardi Santib ez.ñ áñ Se ala, que la demandante solicita en su demanda, se declare la prescripci nñ ó de los derechos de aseo, seg n lo estipula el art culo 2.515 del C digo Civil.ú í ó C-3095-2021 Foja: 1 As las cosas, se demanda la prescripci n de los derechos de aseo de laí ó propiedad ubicada Plaza Castelar N°01190, departamento 52, Comuna de La Cisterna,; por el per odo que va desde el 30 de abril de 2016, hasta 30 de junioí de 2016, ambos vencimientos inclusive, por un monto total de $85.660.-. Agrega, que entendiendo que los derechos de aseo, no tienen la naturaleza jur dica d

Fallo

Por lo expuesto precedentemente, la parte demandada solicita se le tenga por allanada a la demanda interpuesta por do a ñ LAURA PAMELA VERARDI SANTIB EZÁÑ , respecto de los derechos de aseo adeudados a la Ilustre Municipalidad de La Cisterna correspondientes a la propiedad ubicada en Plaza Castelar N°01190, departamento 52, Comuna de La Cisterna; por el per odo queí va desde el 30 de abril de 2016, hasta 30 de junio de 2016, ambos vencimientos inclusive, por un monto total de $85.660.-. A folio 14, se cit a las partes para o r sentencia.ó í Considerando: Primero: Que a folio 1, comparece do a Laura Pamela Verardi Santib ez,ñ áñ quien interpone demanda de prescripci n extintiva en contra de la Ilustreó Municipalidad de La Cisterna, persona Jur dica de Derecho P blico, representadaí ú C-3095-2021 Foja: 1 legalmente por don Joel Andr s Olmos Espinoza, fundada en los argumentos deé hecho y de derecho consignados en la secci n precedente de este fallo.ó Segundo: Que a folio 11, compareci la demandada allan ndose a la acci nó á ó interpuesta a folio 1 por la actora. Tercero: Que seg n lo dispone, el art culo 1.698 del C digo Civil,ú í ó “Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llasó é o staé ”. Conforme a lo anterior, la carga procesal de acreditar la extinci n deó la obligaci n cuya prescripci n se solicita declarar, corresponde al demandante.ó ó Cuarto: Que para acreditar su aserto, la demandante acompa enñó forma legal y sin objeci n de la contrar a, l

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C-3095-2021 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3095-2021 CARATULADO : VERARDI/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, ocho de Noviembre de dos mil veintiuno Vistos: A folio 1, comparece do a Laura Pamela Verardi Santib ez, chilena,ñ áñ divorciada, empleada, c dula nacional de identidad N° 12.268.721-k, domiciliadaé

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