2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CAMILO SEBASTIÁN OVALLE BARRA

Rol

O-4680-2024

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 14 de Julio de 2024, a las 16:50 horas, aproximadamente, en calle Fanor Santiago al llegar a calle Ismael Silva, Comuna de Renca, el imputado CAMILO SEBASTIÁN OVALLE BARRA, fue sorprendido por funcionarios de carabineros, conduciendo la motocicleta marca Yamaha, modelo YBR 125 Z, año 2023, color negro, la que no mantenía instalada su PPU, verificándose sus números identificatorios, determinándose que su PPU era la WJV 069, presentando encargo vigente por robo con intimidación N°EUN 551081, de fecha 02 de Julio de 2023, según parte denuncia N°2529, de la 5 Comisaría de Carabineros de Conchalí, interpuesta por su dueño, la víctima OSMÍN ANOTNIO CARUCI SOTO, sin que el imputado pudiera menos que conocer el origen ilícito de la especie que no había recibido de su dueño o legítimo tenedor Los hechos son constitutivos del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, en grado de desarrollo de consumado, prescrito y sancionado en Código: XWLXXUNXRKR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el artículo 456 bis A inc tercero del Código Penal, correspondiéndole al imputado la calidad de autor debido a que tomó participación en los hechos de manera inmediata y directa. SE DECLARA: I.- Que se condena a CAMILO SEBASTIÁN OVALLE BARRA, chileno, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena (artículo 30 del Código Penal) y a la multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inc 3 del Código Penal, consumado, cometido en la comuna de Renca, territorio de este tribunal, el día 14 de julio de 2024. II.- Que la pena de multa se la tendrá por cumplida por el día que estuvo privado de libertad, esto es, el día 15 de julio de 2024. III.- Que reuniéndo

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CAMILO SEBASTIÁN OVALLE BARRA, chileno, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena (artículo 30 del Código Penal) y a la multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inc 3 del Código Penal, consumado, cometido en la comuna de Renca, territorio de este tribunal, el día 14 de julio de 2024. II.- Que la pena de multa se la tendrá por cumplida por el día que estuvo privado de libertad, esto es, el día 15 de julio de 2024. III.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 8 de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA DOMICILIARIA, por igual tiempo de la pena privativa de libertad, consistente en el encierro en el domicilio del condenado, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente. Para el control de la ejecución de la pena, se dispone que sea a través del monitoreo telemático y existiendo informe favorable de Gendarmería, se debe presentar al CRS Santiago Norte a más tardar el día 02 de junio de 2025. Para efecto de conversión de la pena inicial de la pena impuesta, se computan 8 horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación de libertad, y en caso de revocación de

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: diecinueve de mayo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ELIZABETH SOLEDAD MELERO LÓPEZ RUC: 2400810339-5 RIT: 4680-2024 IMPUTADO CAMILO SEBASTIÁN OVALLE BARRA C.I. 19.508.031-3 FECHA DE NACIMIENTO 16/04/1997 DIRECCION Calle Infantes de Angol Nº 7716 COMUNA: Renca DELITOS Receptación de ve

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