CARABINEROS DE CHILE C/ NÉSTOR ANTONIO VÁSQUEZ FUENTES
Rol
O-1662-2025
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS “El día 18 de Marzo del año 2023, alrededor de las 01:25 horas, el requerido don NESTOR ANTONIO VASQUEZ FUENTES condujo en estado de ebriedad por Avda. León Bustos, frente al estadio español, de la Comuna de Linares, con al menos 0,94 gramos de alcohol por litro de sangre, su automóvil, placa patente única UB-5023, marca Toyota, modelo Yaris, constatando Carabineros en el requerido, fuerte halito alcohólico, rostro congestionado e incoherencias al hablar, además practicándole examen de drogas al requerido, que dio positivo ante la presencia de COC, cocaína.” Linares, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 110 y 196 de la Ley 18.290, 4° y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a NÉSTOR ANTONIO VÁSQUEZ FUENTES, ya individualizado, a las penas de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito consumado de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., perpetrado el día 18 de marzo de 2023, en la comuna de Linares. Código: DZKEXUFXUXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control y asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares, POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, debiendo cumplir durante dicho período con los demás requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ley citada. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares dentro del térm
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a NÉSTOR ANTONIO VÁSQUEZ FUENTES, ya individualizado, a las penas de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito consumado de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., perpetrado el día 18 de marzo de 2023, en la comuna de Linares. Código: DZKEXUFXUXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control y asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares, POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, debiendo cumplir durante dicho período con los demás requisitos establecidos en el artículo 5° de la Ley citada. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares dentro del término de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso se la sustituirá por una pena sustitutiva de mayor intensidad
Texto Completo (Preview)
RUC : 2.300.317.004-7 RIT : 1662 - 2025 DELITO : CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. GRADO DESARROLLO : Consumado IMPUTADO : NÉSTOR ANTONIO VÁSQUEZ FUENTES RUT N° : 11.287.719-3 DOMICILIO : Sector MIRAFLORES, CALLE RINCON DE ZUÑIGA S/N°, de la comuna de Longaví FISCAL : MARÍA TERESA RECABARREN DOMÍNGUEZ con notificación a CLAUDIO ALEJANDRO ÁVILA PRADO DEFENSOR : FRANCO
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