CARABINERO LUIS CARLOS BARRA SEPULVEDA C/ FRANCO ANTONIO ALMONACID GARRIDO
Rol
O-9627-2021
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): El día 30 de diciembre del año 2021, a las 12:15 horas, en calle República con Huáscar de la comuna de Maipú, el acusado Franco Antonio Almonacid Garrido, fue sorprendido conduciendo y poseyendo una motocicleta sin portar su placa patente, la que mantenía encargo vigente por el delito de Robo de fecha 25 de diciembre del año 2021 y la mantenía en su poder conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo. Resolución: Primero: Que se condena a FRANCO ANTONIO ALMONACID GARRIDO, ya individualizado, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, por hechos ocurridos el día 30 de diciembre de 2021, en la comuna de Maipú, a la pena de: • 541 días de presidio menor en su grado medio. • Accesorias legales de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. • Pago de multa a beneficio fiscal de 05 UTM. Para dicho pago se conceden cinco parcialidades iguales, mensuales y sucesivas. Se hara exigible el pago cuando el sentenciado recupere su libertad.- El no pago dara derecho a sustiticion por reclusion o prestacion de servicios. • Registro de huella genética. Segundo: Que no concurriendo los requisitos de la ley 18.216 la pena corporal dispuesta en la causa deberá ser cumplida efectivamente por el condenado FRANCO ANTONIO ALMONACID GARRIDO. No se considerara como abono el periodo de reclusion domiciliaria nocturna, decretada como medida cautelar en atencion a los informes de incumplimiento. Solamente servirá de abono a la pena en concreto el día 31 de diciembre de 2021, por el cual pasó a control de detención. Tercero: El tribunal exonera a los sentenciados del pago de las costas, por cuanto con su aceptación de responsabilidad, ahorraron tiempo y recursos al sistema de enjuiciamiento penal. Intervinientes RENUNCIAN a los plazos. En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. • (Circunstancias modificatorias de responsabi
Texto Completo (Preview)
Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Centro de Justicia COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. TRIBUNAL: 9° Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: SOLEDAD DEL CARMEN ORELLANA PINO RUC: 2101181688-3 RIT: 9627 - 2021 IMPUTADO: FRANCO ANTONIO ALMONACID GARRIDO CI: N° 00186
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica