Juzgado de Garantía de Temuco

MP C/ LANDER DYLAN SCOTT PÉREZ INOSTROZA

Rol

O-2204-2025

Fecha

20 de mayo de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por Fiscal don Juan Pablo Gerli García, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2500353950-7, RIT 2204 - 2025, ha requerido en procedimiento simplificado a Lander Dylan Scott Pérez Inostroza, RUN 20.357.105-4, 24 años, jornal, domiciliado en Calle Cooperativa La Victoria Parcela Nº 16 Vilcún, actualmente privado de libertad por otra causa, persona representada por abogada Defensora doña Alejandra Sepúlveda Jelves, domicliada en calle Prat N° 0280, Temuco. 2° Que con el mérito probatorio de los antecedentes que fundamentan la acción Fiscal, en especial, Parte policial y sus anexos, informe de atención de urgencia, declaraciones de la víctima y testigos, entre otros antecedentes, a los que se suma la admisión de responsabilidad en los hechos por parte de la persona imputada, el tribunal tiene por establecidos los hechos del requerimiento, esto es que: El 14 de marzo de 2025, cerca de las 21.45 horas, en circunstancias que la víctima don Édison José Alvarado Salazar, transitaba caminando hacia su domicilio, luego de terminar su jornada laboral, en el Supermercado El Trébol, numero 167 de la Comuna de Vilcún, y al llegar a la intersección de calle O “Higgins esquina Baquedano, fue abordado por el imputado Lander Pérez Inostroza, quien de manera sorpresiva le indica “ conchatumadre me detuviste en el Trébol, ahora me las pagas”, y con un cuchillo le agrede con tres estocadas a la altura del hombro izquierdo, provocando lesiones que fueron constatadas, en el Hospital de Vilcún y que consistieron en herida del hombro, lesión de mediana gravedad. Que estos hechos constituyen el delito consumado de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en la persona de Édison José Alvarado Salazar, en el que corresponde a la persona requerida Lander Dylan Scott Pérez Inostroza participación en calidad de autora. 3° Que la multa se aplica rebajad

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Lander Dylan Scott Pérez Inostroza, RUN 20.357.105-4, a una pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, por la calidad de autor que le corresponde en el delito consumado de lesiones menos graves en la persona de Édison José Alvarado Salazar, cometido en Vilcún el día 14 de marzo de 2025. II.- Que no se condena en costas a la persona sentenciada por haber admitido responsabilidad, lo que permitió dictar sentencia de inmediato, evitando la realización de un juicio oral, con el consiguiente ahorro de recursos para el Estado. III.- Que la multa impuesta a la persona sentenciada se tiene por pagada con el tiempo de privación de libertad sufrido el día 15 de marzo de 2025, fecha del control de detención. Quedan notificados personalmente los intervinientes y, en especial, la persona sentenciada. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC 2500353950-7, RIT 2204 - 2025 Dictada por don Luis Alberto Olivares Apablaza, Juez Titular, Juzgado de Garantía de Temuco. Código: JFTZXUZRVQQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-20T14:24:03-0400

Texto Completo (Preview)

Temuco, veinte de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el Ministerio Público representado en la audiencia por Fiscal don Juan Pablo Gerli García, domiciliado en Arturo Prat 080 Temuco, en esta causa RUC 2500353950-7, RIT 2204 - 2025, ha requerido en procedimiento simplificado a Lander Dylan Scott Pérez Inostroza, RUN 20.357.105-4, 24 años, jornal, domiciliado en Calle Co

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