MP C/ ARTURO IGNACIO PARRA HEVIA
Rol
O-2077-2024
Fecha
20 de mayo de 2025
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO
Resultado
No especificado
Fallo
se declara: I.- Que se condena a ARTURO IGNACIO PARRA HEVIA, cédula de identidad N° 19.298.147-6, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias de suspensión de oficio o cargos públicos por el término de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Porte de Elementos conocidamente destinados para comer delito de Robo, previsto y sancionado en el artículo 445 del Código Penal, cometido en jurisdicción de este tribunal el día 04 de noviembre de 2024, en grado de desarrollo de consumado. II.- Que no reuniéndose ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, la pena impuesta se deberá cumplir de manera efectiva, sin abonos que considerar. III.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas en la presente causa, autorizándose al Ministerio Público para su destrucción. IV.- Que se libera al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido que con su aceptación responsabilidad, ha evitado la realización de un Juicio Oral, permitiendo el ahorro de recursos humanos y materiales al Estado. Dese cumplimiento a lo dispuesto en artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renuncian a plazos y recursos. Tenga la presente sentencia carácter de firme y ejecutoriada. Atendido que el sentenciado se encuentra en calidad de imputado cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva en causa 901-2025, suspéndase ésta, a fin de que ingrese en calidad de Rematado por la
Texto Completo (Preview)
Quintero, a veinte de mayo de dos mil veinticinco. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.) Vistos, oídos y teniendo presente los artículos, 1, 3, 7, 11 N° 9, 21, 30, 52, 67, 445 del Código Penal; 47, 48, 97, 388 y siguientes el Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a ARTURO IGNACIO PARRA HEVIA, cé
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