ANONIMIZADO
Rol
C-820-2022
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se declara INADMISIBLE la demanda y se ordena el archivo de los antecedentes. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico. RIT: C-820-2022 Proveyó y firmó digitalmente Juez(a) del Juzgado de Familia de Quilpué. IIC
Fallo
se declara INADMISIBLE la demanda y se ordena el archivo de los antecedentes. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico. RIT: C-820-2022 Proveyó y firmó digitalmente Juez(a) del Juzgado de Familia de Quilpué. IIC
Texto Completo (Preview)
Quilpué, dos de enero de dos mil veinticuatro. El tiempo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo ordenado con fecha 03 de julio, visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se declara INADMISIBLE la demanda y se ordena el archivo de los antecedentes. Notifíquese a la parte demandante por intermedio de su abogado, vía correo electrónico. RIT: C-820-2022 Proveyó y firmó digitalmen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica