TOLENTINO/GÓMEZ
Rol
M-290-2022
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · PRUEBAS DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LA DEMANDA.- El Tribunal realiza una breve relación de la demanda.- Se deja constancia que las demandadas no contestaron en tiempo y forma el líbelo incoado en su contra. -Todo lo cual queda contenido en el registro de audio- LLAMADO A CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce atendido la no comparecencia de las demandadas. HECHOS A PROBAR: 1. Efectividad que el demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada. En su evento fecha de inicio de la relación laboral, funciones desempeñadas por el demandante y naturaleza del vínculo laboral, jornada laboral pactada y demás estipulaciones de relevancia. 2. Naturaleza, características y condiciones de la prestación de servicios efectuadas por el demandante para la demandada. Antecedentes y circunstancias. 3. Efectividad de haber incurrido la demandada en un despido verbal excepto de formalidades legales. 4. Remuneración pactada y efectivamente percibida durante la vigencia de la relación laboral y base de cálculo de la misma. Antecedentes y circunstancias. 5. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del actor y efectividad de existir diferencias en el pago de las mismas. 6. Efectividad de haber prestado servicios, el demandante, en régimen de subcontratación para las demandadas de estos autos. En su evento período durante el cual se prestaron servicios para aquellas, condiciones y modalidades de la misma. 7. Efectividad de haberse devengado y compensado o pagado el feriado proporcional que se reclama. Antecedentes y circunstancias. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE: 1) Acta de conciliación de fecha 12/08/2022. 2) Constancia ante la Inspección del Trabajo de fecha 17/08/2022. 3) Contrato de trabajo de fecha 12/10/2022. 4) Certificado de Fonasa de fechas correspondientes al perio
Fundamentos
Fundamentos contenidos en el registro de audio.- EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: La parte demandante solicita se aperciba las demandadas respeto la exhibición de los siguientes documentos: Respecto Edgar Marcelino Gómez Acuña : 1) Carta de aviso de término de contrato, enviada al demandante con su correspondiente comprobante de envío de carta certificada y comprobante de aviso enviado a la Inspección del Trabajo. 2) Registro de Asistencia desde el mes de octubre 2021 hasta el mes de julio 2022, ambos meses inclusive. 3) Liquidaciones de sueldo desde el mes de octubre 2021 hasta el mes de julio 2022, ambos meses inclusive, debidamente firmadas por el trabajador. 4) Comprobantes de pago de Previred desde octubre del 2021, hasta Julio del 2022. 5) Contrato de prestación de servicios entre el demandado principal EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA Rut: 14.705.628-1 y la demandada solidaria CONSTRUCIONES Y TERMINACIONES L.A E.I.R.L. Respecto CONSTRUCTORA BALMACEDA LTDA: 1) Contrato de prestación de servicios entre el demandado principal EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA Rut: 14.705.628-1 y la demandada solidaria CONSTRUCIONES Y TERMINACIONES L.A E.I.R.L. o cualquier tipo de contrato civil o mercantil que tengan. Tribunal resuelve: Se tienen por incursos en la diligencia. Se resolverá en definitiva. -Fundamentos contenidos en el registro de audio.- OBSERVACIONES A LA PRUEBA: La parte demandante formula observaciones a la prueba. -Argumentos contenidos en el registro de audio.- Tribunal resuelve: Se tiene presente SENTENCIA: Transcripción de la parte resolutiva de la sentencia, la cual consta íntegramente en el registro de audio de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 del Auto Acordado 71-2016 de la Excma. Corte Suprema.-
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 7, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 453, 454, 456, 459, 462 y 466 del Código del Trabajo y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda, deducida por JULIO ALEXANDER TOLENTINO GARRO en cuanto a que se declara que la relación laboral habida entre el trabajador antes mencionado y las demandadas EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA RUT 14.705.628-1 y CONSTRUCCIONES Y TERMINACIONES L.A. E.I.R.L., RUT 77.079.776-4, representada por EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA, se ha dado en un régimen de sucontratación de estas últimas para con el primero de los mencionados, debiendo responder solidariamente al pago de las prestaciones que a continuación se dirán. II.- Que SE ACOGE la demanda deducida por JULIO ALEXANDER TOLENTINO GARRO en contra de EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA RUT 14.705.628-1 y CONSTRUCCIONES Y TERMINACIONES L.A. E.I.R.L., RUT 77.079.776-4, representada por EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA en cuanto a que se declara SIN CAUSAL e INDEBIDO el despido y termino de la relación laboral verificado por los empleadores antes individualizados, respecto del actor JULIO ALEXANDER TOLENTINO GARRO. III.- Que SE CONDENA a las demandadas EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA RUT 14.705.628-1 y CONSTRUCCIONES Y TERMINACIONES L.A. E.I.R.L., RUT 77.079.776-4, representada por EDGAR MARCELINO GOMEZ ACUÑA a pagar SOLIDARIAMENTE al actor JULIO ALEXANDER TOLENTINO GARRO, la suma de $1.060.000 por concepto de Indemniz
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA (VIRTUAL) PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 02 de noviembre de 2022 RUC 22-4-0428552-5 RIT M-290-2022 MAGISTRADO Christian Cáceres Molina ADMINISTRATIVO DE ACTAS Martín Cea Fernández HORA DE INICIO 09:54 HORA DE TERMINO 10:42 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240428552-5-1351 SALA 5.- PARTE DEMANDANTE Julio Alexander Tolentino Garro ABOGADO Daniel Humberto Gutiérrez
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