Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares

ALEX UBAL GONZÁLEZ C/ MACARENA ALEJANDRA UBAL FUENTES

Rol

O-67-2022

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que, que los días siete, ocho y nueve de mayo del presente año ante la Primera Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad integrada por los Jueces don Cristian Adriazola Jeria, quien presidió, don Mario Andrés Villagra García y doña Scarlet Gisela Quiroga Jara, se desarrolló audiencia de juicio oral en causa RIT N° 67-2022; RUC N°1710054646-9, seguida contra MACARENA ALEJANDRA UBAL FUENTES, cédula nacional de identidad N° 17.447.834-1, nacida en Linares el 21 de noviembre de 1989, 35 años de edad, soltera, estudios universitarios, enfermera, domiciliada en Lincoyan 1153, Ñuñoa; y en contra de HILDA GABRIELA FUENTES HERNANDEZ, cédula nacional de identidad N° 9.049.633-6, nacida en San Javier el 18 de septiembre de 1960, 64 años de edad, soltera, estudios técnicos, comerciante, domiciliada en Pedro León Gallo 1581, San Javier, ambas representadas por la defensora privada doña Gabriela Lagos Navarrete. Intervinieron como acusadores el Ministerio Público a través del fiscal don Patricio Caroca Luengo y la abogada querellante Carmen Vergara González Todos los letrados con domicilio y forma de notificación establecidos en forma previa en el Tribunal. OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación.- Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son aquellos contenidos en el auto de apertura de fecha diez de mayo de dos mil veintidós, dictado por la Juez de Garantía de San Javier, cuyo contenido es del siguiente tenor: “Que la victima de esta causa don RAFAEL ENRIQUE UBAL GONZALEZ, desde al menos el año 2013 sufre deterioro permanente de su salud particularmente de su capacidad, en efecto desde al menos desde el mes de agosto del 2013, presenta trastornos de memoria, desorientación, mareos, episodios confusional, cuadros del tipo alzhéimer con deterioro psicorgánico Código: XELQXUXXSCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en tratamiento, presentando un cuadro mental que impide que este pueda valerse por sí mismo. Todo lo cual hizo que éste presentara un cuadro mental que impide que éste pueda valerse por sí mismo, tomar decisiones, y en general realizar actividades de la vida diaria y tramites de índole patrimonial de manera autónoma, tanto asi que el propio SML concluyó indicando que la víctima presenta una demencia moderada del tipo Alzheimer siendo dependientes de otras personas para todo tipo de trámites. En ese contexto las imputadas conociendo la incapacidad de la víctima, y con el objeto de defraudarlo especialmente en su bienes aprovechando doña HILDA FUENTES HERNANDEZ que había sido pareja de la víctima, y MACARENA UBAL FUENTES hija la víctima, defraudaron a este abusando de su capacidad mental engañándolo haciéndolo AMBAS suscribir documento consistente en escritura pública de cesión de derechos mediante la cual RAFAEL UBAL GONZALEZ, les cedía a MACARENA UBAL FUENTES bienes, sin saber de qué se trataba la gestión, sin saber qué estaba firmando. La escritura pública fue otorgada ante la notaría de SAN JAVIER con fecha 17 de abril de 2015 repertorio número 694, mediante estos instrumentos la víctima fue engañado por tener su voluntad anulada, puesto que al firmar vendió cedió y transfirió a su hija quien compró y aceptó la totalidad de los derechos de propiedad de la víctima, los cuales consistían en derechos de sucesión ascendientes a un 25% en un sitio y un inmueble consistente en una casa y un sitio ubicado en Arturo Prat Numero 2565, San Javier, el cual mide 34 varas de frente por 68 varas de fondo. Al semestre de la celebración del contrato, el inmueble por el SII estaba avaluado en la suma de $132.846.782 según la cláusula tercera del contrato la victima habría realizado esta sesión por la suma de $20.000.000 clausula donde además falsamente la victima habría recibido la suma de dinero, puesto que ese momento nunca se depositó nunca se entregó físicamente y nunca estuvo físicamente a disposición de RAFAEL UBAL GONZALEZ, puesto que el engaño consistía en justamente realizar este contrato irreal o simulado haciendo una declaración fala en cuanto al pago del dinero. La inscripción conservatoria rola inscrita

Fallo

se acuerda lo que pasó, la pérdida de memoria es normal en un adulto mayor, hasta a él le pasa. El 2017 Alex llevó al papa a neurólogo, sabe que lo vio solo el 2017 no antes, el doctor Claver. Su padre tenía miedo que Alex lo echara de la casa, porque quería seguir viviendo ahí, él había gestionado todo, desde mucho antes tenía ese miedo, que desconoce los procedimientos, solo Código: XELQXUXXSCQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acompañó a su padre a hacer el trámite. Ha habido múltiples demandas, en la causa de familia pidieron el usufructo, do quedó una pensión y usufructo. Que le dijo a su padre si quería ir con ella el 2017, pero no quiso, no se ha hecho repartición de herencia. El 2015, vivía sola, salía hacer ruta, viajaba a Santiago, no necesitaba de la ayuda de terceros para hacer su vida. Seguidamente, la acusada HILDA FUENTES HERNÁNDEZ, refirió en suma que, que viene de una familia bien constituida, vive con sus dos hijos, Macarena es de una relación de 25 años con Ubal, vivían muy bien hasta 2017, que siempre va a su negocio, que cuando llega Alex lo ha ido a sacar del negocio, que publicó que no estaba casada, en marzo pasó al negocio que afuera de su negocio tomó micro para ir al médico, fue y volvió. En cuanto a los dineros, recibió por parte de su abuelito, por venta de una casa del campo, por una casa de Chorrillo, además le vendió una casa al Serviu, comenzó desde los 19 años como modista,

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PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : MACARENA ALEJANDRA UBAL FUENTES HILDA GABRIELA DEL CARMEN FUENTES HERNÁNDEZ DELITO : ESTAFA. R. U. C. : N° 1710054646-9. R. I. T. : N° 67-2022. Linares, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: Que, que los días siete, ocho y nueve de mayo del presente año ante la Primera Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal

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