Juzgado de Garantía de Coquimbo

M/P C/ MARCO ANTONIO HERRERA TOLEDO

Rol

O-7467-2024

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 14/12/2024 a las 00:30 horas en calle portales esquina O’Higgins personal policial se percata de la presencia de un vehículo, marca Suzuki, modelo Alto, p.p.u SCLZ-43, el cual se encontraba efectuando movimientos en "zigzag" por la calzada, motivo por el cual procedieron a su fiscalización, una vez detenido a un costado de la calzada, carabineros se entrevistó con el conductor a quien se le solicito su licencia de conductor en donde éste al entablar un dialogo con personal policial se percatan que mantenía incoherencia al hablar como a su vez su rostro totalmente congestionado, signos evidentes de haber bebido alcohol, razón a ello se le solicito su cedula de identidad, otorgando cedula de nacionalidad boliviana, no manteniendo cedula nacional chilena, identificándose como " MARCO ANTONIO HERRERA TOLEDO ", d.n.i 5404446, invitándolo a descender del automóvil que conducía, en donde mantiene un fuerte halito alcohólico como a su vez inestabilidad al caminar, procediendo a realizarle la prueba de intoxilyzer, en donde éste arrojo 2.55 gramos de alcohol por litro de sangre, declarando la detención en el lugar por el delito de "conducir en estado de ebriedad", estado que fue confirmado por el examen de alcoholemia, realizado el día antes señalado, que arrojó un resultado de 2,64 gramos por mil de alcohol en la sangre”. B) SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. En Coquimbo, a diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1º, 3, 5, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 50, 67, 69, 70 del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley N° 18.290, de Tránsito; artículos, 30, 36, 45, 47, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 y siguientes de la Ley N° 18.216; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA, a MARCO ANTONIO HERRERA TOLEDO, Cédula Nacional de Identidad para Extranjeros N° 283848.367-1, ya individualizado, a sufrir la pena corporal de: CUARENTA y UN DIAS de prisión en su grado máximo, a la pena pecuniaria de MULTA de UNA UNIDAD TRIBUTARIAS MENSUAL, suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el termino de DOS años, y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad en calidad de autor, de un delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el articulo 196 de la Ley N° 18.290, de Tránsito, en Código: MTGFXUQUYDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl relación con el artículo 110 del mismo cuerpo legal; perpetrado en grado de desarrollo de consumado, el día 14 de diciembre de 2024, en la comuna de Coquimbo. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social respectivo por el lapso de UN año, debiendo

Texto Completo (Preview)

A) HECHOS: “El día 14/12/2024 a las 00:30 horas en calle portales esquina O’Higgins personal policial se percata de la presencia de un vehículo, marca Suzuki, modelo Alto, p.p.u SCLZ-43, el cual se encontraba efectuando movimientos en "zigzag" por la calzada, motivo por el cual procedieron a su fiscalización, una vez detenido a un costado de la calzada, carabineros se entrevistó con el conductor a

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