C/ DARLYN YASMÍN CAUTRE ZÚÑIGA
Rol
O-27-2025
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 24 de Noviembre de 2022, a las 09:00 horas aproximadamente, en el interior del centro penitenciario femenino de Santiago, ubicado en calle Capitán Prat N° 20, comuna de San Joaquín, y específicamente en el dormitorio de la acusada DARLYN YASMÍN CAUTRE ZÚÑIGA, personal de gendarmería de Chile, sorprendió a dicha interna manteniendo en su poder, portando y llevando consigo, sin contar con autorización legal competente, y sin que estuviera destinada a su uso y consumo personal y próximo en el tiempo, ni a tratamiento médico lo siguiente: 01 bolsa transparente contenedora de 245 envoltorios de papel cuadriculado, contenedores de 31,9 gramos brutos de CANNABIS SATIVA.” Que a juicio de la fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el 1º de la ley 20.000, en grado consumado y le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, la calidad de autora del delito de, toda vez que intervino Código: XPPPXUUKLXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl [Type here] directa e inmediatamente en la ejecución de los hechos materia de la acusación. A su respecto estima concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal de los artículos 12 N°15 del Código Penal y 19 H) de la ley 20.000. Requiere se le imponga la pena de diez años de presidio mayor en grado mínimo, multa de 40 UTM, comiso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 en relación con el art. 1 de la ley 20.000, más las penas accesorias y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegaciones del Ministerio público. En su alegato de apertura señala que los hechos descritos en el auto de apertura ocurren en el interior de un establecimiento penitenciario donde cumplía condena de robos, en la cu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes y el tribunal El día 8 de mayo de este año, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los jueces Claudio Henríquez Alarcón, quien presidió las audiencias, Francisco Guerrero Retamales y Tatiana Escobar Meza, todos subrogando legalmente, se llevó a efecto el juicio oral RIT N°27-2025, seguido en contra de DARLYN YASMIN CAUTRE ZÚÑIGA, cédula nacional de identidad N° 20.139.625-5, chilena, nacido el 17 de febrero 1999, 26 años de edad, soltera y comerciante independiente, domiciliada en calle Las Encinas Nº1560, Torre 2, departamento N°303, comuna de Cerro Navia. Fueron parte acusadora del presente juicio, el Ministerio Público, representado por el fiscal Patricio Pérez. La defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor penal público Gonzalo Cisternas. SEGUNDO: Pretensión del Ministerio público. Que el Ministerio Público deduce acusación por los siguientes hechos: “El día 24 de Noviembre de 2022, a las 09:00 horas aproximadamente, en el interior del centro penitenciario femenino de Santiago, ubicado en calle Capitán Prat N° 20, comuna de San Joaquín, y específicamente en el dormitorio de la acusada DARLYN YASMÍN CAUTRE ZÚÑIGA, personal de gendarmería de Chile, sorprendió a dicha interna manteniendo en su poder, portando y llevando consigo, sin contar con autorización legal competente, y sin que estuviera destinada a su uso y consumo personal y próximo en el tiempo, ni a tratamiento médico lo siguiente: 01 bolsa transparente contenedora de 245 envoltorios de papel cuadriculado, contenedores de 31,9 gramos brutos de CANNABIS SATIVA.” Que a juicio de la fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 en relación con el 1º de la ley 20.000, en grado consumado y le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, la calidad de autora del delito de, toda vez que intervino Código: XPPPXUUKLXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl [Type here] directa e inmediatamente en la ejecución de los hechos materia de la acusación. A su respecto estima concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal de los artículos 12 N°15 del Código Penal y 19 H) de la ley 20.000. Requiere se le imponga la pena de diez años de presidio mayor en grado mínimo, multa de 40 UTM, comiso, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 en relación con el art. 1 de la ley 20.000, más las penas accesorias y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegaciones del Ministerio público. En su alegato de apertura señala que los hechos descritos en el auto de apertura ocurren en el interior de un establecimiento penitenciario donde cumplía condena de robos, en la cuenta de la ma
Fallo
se declarará en lo resolutivo de fallo. Código: XPPPXUUKLXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl [Type here] Respecto del comiso, existiendo norma expresa en la ley de drogas caerá en comiso toda la evidencia material. En cuanto a las costas, encontrándose representado por la defensoría penal pública y privada de libertad, se le exime de su pago. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1º, 12 Nº 15, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 22, 29, 50, 65, 68, 70, 79 del Código Penal; artículos 1°, 36, 42, 47 inciso final, 53, 295, 296, 297, 308, 309, 319, 323, 329, 332, 333, 338, 340, 341, 342, 343, 344, 348 y 351 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4, 19 H y 53 de la Ley N° 20.000 y artículos 1 y 17 de la Ley N° 19.970, se declara: I.- Que se condena a DARLYN YASMIN CAUTRE ZÚÑIGA, ya individualizada, a sufrir la pena de CUATRO AÑOS (4) de presidio menor en su grado máximo, a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de multa de DIEZ (10) de unidades tributarias mensuales, como autora del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades cometido el 24 de noviembre del año 2022 en la comuna de San Joaquín. II.- Que la pena corporal a la que ha sido condenada deberá ser cumplida efectivamente, sirviéndole de abono el tiempo que ha pasado privada
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[Type here] ACUSADO: DARLYN YASMIN CAUTRE ZÚÑIGA RUC: 2201179765-6 RIT: 27-2025 DELITO: TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES EN PEQUEÑAS CANTIDADES Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes y el tribunal El día 8 de mayo de este año, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integ
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