DANIEL ALEJANDRO RODRIGUEZ GALVEZ C/ RONALDO VOLTAIRE ARIEL CASTILLO ZOLEZZI
Rol
O-83-2025
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Ancud, 19 de mayo de 2025 Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 N° 1, 18, 21 y siguientes, 50, 61, 68 bis y 296 N° 3 del Código Penal, artículo 2 letras b) y c) y 9 de la ley 17.798, artículos pertinentes de la ley N°18.216, y 19.970 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a RONALDO VOLTAIRE ARIEL CASTILLO ZOLEZZI, cédula de identidad N°6.985-714-0, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, comiso de las especies incautadas, junto con su determinación de huella genética, todo ello por su responsabilidad de calidad de AUTOR en el delito de PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 2 b) y c), con relación al artículo 9 de la ley 17.798, en grado consumado, delito previsto y por el hecho ocurrido el día 20 de enero del año 2025, en la comuna de Ancud. Código: UTDFXULXKXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:ronaldocastilloz@gmail.com II.- I.- Que SE CONDENA a RONALDO VOLTAIRE ARIEL CASTILLO ZOLEZZI, cédula de identidad N°6.985-714-0, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, comiso de las especies incautadas, todo ello por su responsabilidad de calidad de AUTOR en el delito de PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, 9, inciso 2, de la Ley 17.798, en grado consumado, delito previsto y por el hecho ocurrido el día 20 de enero del año 2025, en la comuna de Ancud. III.- Que
Fallo
por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 N° 1, 18, 21 y siguientes, 50, 61, 68 bis y 296 N° 3 del Código Penal, artículo 2 letras b) y c) y 9 de la ley 17.798, artículos pertinentes de la ley N°18.216, y 19.970 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a RONALDO VOLTAIRE ARIEL CASTILLO ZOLEZZI, cédula de identidad N°6.985-714-0, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, comiso de las especies incautadas, junto con su determinación de huella genética, todo ello por su responsabilidad de calidad de AUTOR en el delito de PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 2 b) y c), con relación al artículo 9 de la ley 17.798, en grado consumado, delito previsto y por el hecho ocurrido el día 20 de enero del año 2025, en la comuna de Ancud. Código: UTDFXULXKXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:ronaldocastilloz@gmail.com II.- I.- Que SE CONDENA a RONALDO VOLTAIRE ARIEL CASTILLO ZOLEZZI, cédula de identidad N°6.985-714-0, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo qu
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Ancud., diecinueve de mayo de dos mil veinticinco Magistrado FRANCISCO CERDA PEREZ Fiscal FERNANDO ESTEBAN METZNER IRIBARREN Defensor CARLOS EDUARDO BARAHONA RAMÍREZ Delito PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Delito PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES Delito AMENAZAS SIMPLES Hora inicio 10:49AM Hora termino 11:23AM Sala Sala
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