Juzgado de Letras y Garantía de Quellón

MP C/ JORGE ELADIO RÍOS CHIGUAY

Rol

O-518-2025

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento. Se abre debate entre los intervinientes. El Tribunal dicta sentencia. Sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2500674092-0 518-2025 CAUSA.: R.U.C=2500674092-0 R.U.I.=518-2025 Fecha de deliberación 2025/05/16 Juez redactor CLAUDIA MELISSA VILLA ESPERGUEL RELACIONES.: RÍOS CHIGUAY JORGE ELADIO / Desacato (Art. 240 Código de Procedimiento Civil Resultado Condenado. CAUSA.: R.U.C=2500674092-0 R.U.I.=518-2025 - - RELACIONES.: RÍOS CHIGUAY JORGE ELADIO / Desacato (Art. 240 Código de Procedimiento Civil Procedimiento Simplificado. DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Quellón, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340, 341 y siguientes 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11, 15, y siguientes del Código Penal, Código: SVTXXUFLYTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículos 1, 5 y 9 de la Ley 20.066, artículos 240 del Código de Procedimiento Civil, Ley 18.216, se resuelve: I.- Que se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público en contra de don JORGE ELADIO RÍOS CHIGUAY, RUN 12.203.599-9, ya individualizado, y, en consecuencia, se le condena a la siguiente pena: 1.- 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de Desacato, descrito y sancionado en el artículo 240 del Código de procedimiento Civil, perpetrado en Quellón el día 15 de mayo de 2025. Asimismo, se le impone la medida accesoria prevista en el art. 9 letra (b), y (f) de la ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, por el plazo de UN AÑO, consistente en: b) La prohibición al sentenciado de acercarse a la vícti

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge el requerimiento formulado por el Ministerio Público en contra de don JORGE ELADIO RÍOS CHIGUAY, RUN 12.203.599-9, ya individualizado, y, en consecuencia, se le condena a la siguiente pena: 1.- 61 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de Desacato, descrito y sancionado en el artículo 240 del Código de procedimiento Civil, perpetrado en Quellón el día 15 de mayo de 2025. Asimismo, se le impone la medida accesoria prevista en el art. 9 letra (b), y (f) de la ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, por el plazo de UN AÑO, consistente en: b) La prohibición al sentenciado de acercarse a la víctima, don Rita Aurelia Barría Mariman, Run 8.927.404-4; a su domicilio Curanué Rural S/N de la comuna de Quellón; a su lugar de trabajo o estudio; y a cualquier lugar en que ésta permanezca, concurra o visite habitualmente. El incumplimiento de dicha medida accesoria implica la comisión de un delito de Desacato. f) La prohibición para el sentenciado de realizar cualquier tipo de comunicación con la víctima esta sea; vía redes sociales, correo electrónico u otro medio tecnológico. El incumplimiento de dicha medida accesoria implica la comisión de un delito de Desacato. II.- Que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la: - REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentencia

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención// Sentencia Simplificado. Fecha Quellón, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco Magistrado CLAUDIA MELISSA VILLA ESPERGUEL Fiscal FELIPE LEANDRO RODRÍGUEZ SILVA Defensor DANIEL IVÁN FUENZALIDA MATURANA Hora inicio 09:59AM Hora termino 10:14AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Quellón Acta jmvc RUC 2500674092-0 RIT 518

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