FERNANDO JAVIER ANDRADE RIQUELME C/ SEBASTIÁN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CHAVAL
Rol
O-2798-2023
Fecha
14 de mayo de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 22 de noviembre de 2022, a las 22.00 horas aproximadamente, el acusado Sebastián Alejandro Fernández Chaval mantuvo en su poder y comercializó vía redes sociales, un dron marca DJI Phantom 4 Pro con su respectivo control, baterías y cargador, de propiedad de la víctima Fernando Javier Andrade Riquelme, el que previamente había sido robado según el Informe Policial N° 00677 de fecha 22 de noviembre de 2022 de la Brigada Investigadora de Robos Punta Arenas, conociendo su origen o no pudiendo menos que conocerlo.”. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto de los artículos 1°, 14, 15, 30, 67, 70, 456 bis a) del Código Penal; artículos 47, 388 y siguientes del Código procesal Penal y demás normas legales pendientes; SE DECLARA: I.- Que, se CONDENA a SEBASTIÁN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CHAVAL, cédula nacional de identidad N°16.362.425-7, ya individualizado, a sufrir la pena de TRECIENTOS UN (301) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA de TRES (3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias de Código: VKVGXUREZPQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, al comiso de las especies incautadas por su responsabilidad a título de autor en el delito consumado de receptación del 456 bis a) del Código Penal, por los hechos ocurridos con fecha 22 de noviembre de 2022 en territorio de competencia este tribunal. II.- Que, dado que no se cumplen con los requisitos de la Ley 18.216, corresponde el cumplimiento efectivo de la pena impuesta, por ahora no se registran abonos. III.- Que, en virtud del artículo 70, se autoriza el pago de la multa impuesta dentro periodo de 12 meses, pudiendo efectuarse en cuotas iguales, mensua
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto de los artículos 1°, 14, 15, 30, 67, 70, 456 bis a) del Código Penal; artículos 47, 388 y siguientes del Código procesal Penal y demás normas legales pendientes; SE DECLARA: I.- Que, se CONDENA a SEBASTIÁN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CHAVAL, cédula nacional de identidad N°16.362.425-7, ya individualizado, a sufrir la pena de TRECIENTOS UN (301) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA de TRES (3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias de Código: VKVGXUREZPQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, al comiso de las especies incautadas por su responsabilidad a título de autor en el delito consumado de receptación del 456 bis a) del Código Penal, por los hechos ocurridos con fecha 22 de noviembre de 2022 en territorio de competencia este tribunal. II.- Que, dado que no se cumplen con los requisitos de la Ley 18.216, corresponde el cumplimiento efectivo de la pena impuesta, por ahora no se registran abonos. III.- Que, en virtud del artículo 70, se autoriza el pago de la multa impuesta dentro periodo de 12 meses, pudiendo efectuarse en cuotas iguales, mensuales y sucesivas. Al finalizar el citado período, será exigible el total de la multa adeudada. Si durante este plazo no paga la multa, no manifiesta su intención de realizar servicios en beneficio de la comunidad, se despachará una orden de
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Sentencia: Contra: SEBASTIÁN ALEJANDRO FERNÁNDEZ CHAVAL, cédula nacional de identidad N°16.362.425-7, actualmente privado de libertad. Hechos: “El día 22 de noviembre de 2022, a las 22.00 horas aproximadamente, el acusado Sebastián Alejandro Fernández Chaval mantuvo en su poder y comercializó vía redes sociales, un dron marca DJI Phantom 4 Pro con su respectivo control, baterías y cargador, de pr
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