C/ FELIPE NICHOLAS RIFFO CÁRDENAS
Rol
O-4403-2025
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 29 de marzo del 2025, aproximadamente a las 14:40 h en la vía pública. Intersección de San Francisco con Biobío en la Comuna de Santiago. Los imputados previamente concertados, se acercaron al vehículo placa patente G. H. K.K. 98 en que se desplazaba la víctima Lenzi González Hernandez. Procediendo el imputado Cristóbal Menese Hernández prestar labores de cobertura al coimputado, mientras que el imputado Felipe Riffo Cárdenas introdujo parte de su cuerpo por la ventana del costado del copiloto del vehículo y de manera sorpresiva le arrebató desde sus manos a la víctima, su teléfono celular, marca Samsung, modelo galaxy, para luego ambos imputados ir con el teléfono sustraído a la víctima siendo posteriormente detenido. SE RESUELVE: I.- Que se condena a FELIPE NICHOLAS RIFFO CARNES Y CRISTOBAL ISRAEL MENESES HERNANDEZ ya individualizados, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORES del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el ART. 436 inciso 2. del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo los sentenciados los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se les sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, con dispositivo telemático por el término de la privativa de libertad, debiendo encontrarse entre las 22:00 horas hasta 06:00 del día siguiente en sus domicilios, debiendo presentarse en el CRS correspondiente para la instalación del dispositivo el día 26 de mayo de 2025. Atendido el tiempo que estuvieron privados de libertad por esta causa, cuentan con 48 días de abono para Código: TVCTXUTZQXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el cumplimiento de la condena, debiendo dar cumplimiento
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a FELIPE NICHOLAS RIFFO CARNES Y CRISTOBAL ISRAEL MENESES HERNANDEZ ya individualizados, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORES del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el ART. 436 inciso 2. del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo los sentenciados los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se les sustituye la pena privativa de libertad impuesta por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, con dispositivo telemático por el término de la privativa de libertad, debiendo encontrarse entre las 22:00 horas hasta 06:00 del día siguiente en sus domicilios, debiendo presentarse en el CRS correspondiente para la instalación del dispositivo el día 26 de mayo de 2025. Atendido el tiempo que estuvieron privados de libertad por esta causa, cuentan con 48 días de abono para Código: TVCTXUTZQXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el cumplimiento de la condena, debiendo dar cumplimiento a 493 días de reclusión parcial domiciliaria nocturna. En caso que no exista factibilidad de este sistema de control, Carabineros de la comuna del domicilio de los sentenciados deberá velar por el cumplimiento de la sanción. III.- Que se le ex
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI RUC: 2500426851-5 RIT: 4403-2025 IMPUTADO: FELIPE NICHOLAS RIFFO CARDENAS C.I. 19219921-2 NACIONALIDAD Chileno IMPUTADO: CRISTOBAL ISRAEL MENESES HERNANDEZ C.I 20219403-6 NACIONALIDAD chileno
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