CARABINEROS C/ VÍCTOR MANUEL FUENTES VALENZUELA
Rol
O-878-2025
Fecha
17 de mayo de 2025
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día 16 de mayo del año 2025 a las 15:35 aproximadamente circunstancias que personal de carabineros se encontraba realizando un patrullaje en la ruta L-831 a la altura del kilómetro uno de la comuna de Parral procedió a sorprender al imputado Víctor Manuel Fuentes Valenzuela conduciendo la camioneta marca XNA modelo reach año 2023 placa patente única SLKN -10 quien lo hacía incumpliendo lo ordenado en causa rit número 1650-2022 ruc 2200577062-2, donde con fecha 14 de diciembre del año 2023 fue condenado por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad entre otras penas a la suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 2 años conduciendo de esta manera este vehículo con su licencia suspendida a juicio del ministerio público tales hechos son constitutivos del delito contemplado en el artículo 209 de la ley de tránsito hecho en los cuales al imputado le ha correspondido participación en calidad de autor encontrándose lista en grado de consumado PARRAL, diecisiete de mayo de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 30, 67, 70 del Código Penal; 209 Ley 18.290; 388 y siguiente del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR MANUEL FUENTES VALENZUELA, cédula de identidad 0019823374-9, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 16 de mayo del año 2025, como AUTOR del delito de CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290., en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN SU Código: MEGXXUTVGPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl GRADO MÁXIMO, y multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal, se sustituye la pena privativ
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 30, 67, 70 del Código Penal; 209 Ley 18.290; 388 y siguiente del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR MANUEL FUENTES VALENZUELA, cédula de identidad 0019823374-9, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 16 de mayo del año 2025, como AUTOR del delito de CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290., en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN SU Código: MEGXXUTVGPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl GRADO MÁXIMO, y multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal, se sustituye la pena privativa de libertad por la RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo computarse una noche por cada día a que ha sido condenado, deberá permanecer en su domicilio desde las 22:00 horas de cada día a las 06:00 horas del día siguiente. Para ello se le otorga un plazo de 3 días a la defensa para que incorpore informe de factibilidad técnica, de ser positivo deberá ser controlada la pena de forma telemática, de lo contrario de ser negativo, se solicita desde ya a Gendarmería de Chile coordinar con Carabineros de su domicilio a efectos de controlar el cumplimi
Texto Completo (Preview)
RUC N° : 2500679862-7 RIT N° : 878 - 2025 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.. IMPUTADO : VÍCTOR MANUEL FUENTES VALENZUELA. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0019823374-9 DOMICILIO : SECTOR PAREDONES SAN GREGORIO Nº S/N, Ñiquén.. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 AGRAVANTES : no Concurren FISCAL : NELSON PAOLO RIQUELME SOTO DEFEN
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