Juzgado de Garantía de Temuco

FELIX RICARDO FLORES MOLINA C/ ALEXIS ANDRÉS MÉNDEZ MÉNDEZ

Rol

O-10828-2021

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos cometidos el día 10 de octubre de 2021 en la comuna de Temuco y como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de daños y lesiones leves, por los hechos ocurridos el día 18 octubre de 2021 en la comuna Código: SQCQXUZZMJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de Temuco, ilícito también sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley de Tránsito N°18.290 a la pena única de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la multa de DOS TERCIOS (2/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y, a la suspensión de la licencia de conducir de dos años por cada ilícito. II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. III.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo cuarto de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL por el plazo de DOS (2) AÑOS, para lo cual debe presentarse al Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio dentro del plazo de diez días desde la ejecutoria del fallo bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse esta pena sustituida le servirá de abono un día que estuvo privado de libertad con la ocasión de esta causa desde el 13 al 14 de mayo de 2025. IV.- Que la multa impuesta se convierte por dos días de Reclusión y se le da por cumplida por las fracciones superiores a doce horas que permaneció detenido los días 01 de marzo de 2023 y 20 de marzo de 2024. V.- Que se le condena en costas, pero se le exime del pago por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en los artículo 468 del Código Procesal Penal, 38 de la Ley N°18.216 y 215 de la Ley de Tránsito N°18.290. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT N°: 10.828 – 2021 y acumulada

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 32, 40, 49, 50, 60, 67, 70 y 76 del Código Penal; artículos 110, 111, 196, 197 y 215 la Ley de Tránsito N°18.290; lo dispuesto en los artículos 351, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395 y en la Ley N°18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a ALEXIS ANDRÉS MÉNDEZ MÉNDEZ, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 en relació

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 10.828 - 2021 RUC : 2100916952-8 MATERIA : Conduccion en estado de ebriedad causando daños y lesiones IMPUTADO : ALEXIS ANDRÉS MÉNDEZ MÉNDEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.901.609-3 DOMICILIO : Sector Sotomayor, Camino Conus, Villa Las Violetas, Nueva Imperial. ATENUANTES : Artículo 11 N°6 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica